En dialogo con Catamarcactual, Roberto Salinas, Jefe del Departamento “Flora Silvestre” de la Dirección provincial de Biodiversidad, señaló que el Decreto Nº 1064/99 establece multas y suspensiones para quienes cometan alguna infracción, como ejercer las actividades sin los respectivos permisos. Indicó que las multas van desde los $4.000, $3.000, $1.500, hasta $800, siendo la más leve de $500.
Salinas explicó que existen animales en extinción y los más amenazados son el Oso Melero, Chinchilla andina, Conejos de Palos, Vizcacha Dorada, Gato Andino, Ñandú, Liebre y Quirquincho.
Es por ello que el artículo 17 de la Ley Provincial Nº 4855/95 y su Decreto Reglamentario Nº1064/99, establece la necesidad de la determinación de las zonas, periodos de caza y veda de distintas especies de fauna silvestre y autóctona, con miras a la protección de la fauna silvestre.