Con la puesta en vigencia del Régimen de Iniciativa Privada
se busca promover la creatividad y el interés de las personas en participar de
proyectos en materias de interés comunitario y bien común especialmente
vinculados con obras y servicios que están dentro de la competencia municipal.
La ordenanza 3607, en su artículo 103, crea el régimen de
iniciativa privada definiéndolo como el proceso de selección que se origina
cuando cualquier persona de existencia visible o ideal, privada, efectúa una
oferta voluntaria para prestar servicios, ejecutar obras o contratar bienes o
servicios. La propuesta también puede consistir en mejorar los ya existentes.
La Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico fue
designada como Autoridad de aplicación e
interpretación mientras que, con el fin de la recepción y evaluación de los
proyectos que se presentaren, fue creada la "Comisión de Evaluación y
Desarrollo de Iniciativas Privadas”. Esta comisión está integrada ad-hoc por las Secretarías de
Hacienda y Desarrollo Económico, Gobierno, Obras Públicas y Planeamiento Urbano
y Servicios Públicos.