Las fotos y frases alusivas a los daños que produce el
consumo de tabaco en los paquetes de cigarrillos deberán renovarse dentro de
los próximos seis meses, según establece una resolución del Ministerio de Salud
de la Nación publicada hoy en el Boletín Oficial. De esta manera, la cartera
que conduce Juan Manzur cumple con los plazos establecidos en la Ley Nacional
de Control de Tabaco (N°26.687), la cual establece que las advertencias
sanitarias deben ser cambiadas con una periodicidad inferior a los dos años.
Con nuevas frases como "Fumar causa ataque cerebral
(ACV)", "Fumar causa muerte o enfermedad grave" o "Fumar
causa adicción", el Ministerio de Salud de la Nación busca reforzar los
mensajes de concientización y sensibilización en adultos fumadores y en jóvenes
antes de que se inicien en el consumo a través de las advertencias sanitarias
en los paquetes de cigarrillos
Una jeringa simulando un cigarrillo, un niño con una máscara
de oxígeno, un cerebro dañado, una boca gravemente lastimada y una lápida son
algunas de las nuevas imágenes que acompañan las frases alusivas a los daños
que produce el tabaquismo, cuyo objetivo es advertir sobre los riesgos del
consumo y la exposición al humo de tabaco.
La selección de estas imágenes, que se verán en las cajas de
cigarrillos y productos elaborados con tabaco en los próximos dos años, se
realizó luego de un estudio de investigación llevado a cabo por la cartera
sanitaria nacional en diciembre pasado y que tuvo por finalidad identificar
aquellas con mayor impacto a partir de fotografías de uso común obtenidas del
banco de imágenes del Mercosur.
De acuerdo a las Encuestas Mundiales de Tabaquismo en
Adultos y en Adolescentes de 2012, las advertencias sanitarias en los paquetes
de cigarrillos lograron que el 34% de los adultos pensara en dejar de fumar,
mientras que el porcentaje en jóvenes fue mucho mayor (45,9%). En la misma
línea, se vio un incremento en las llamadas a la línea gratuita de la cartera
sanitaria nacional para deshacerse de esta adicción –más de 16.000 personas se
comunicaron en 2013–.
Restricción en la publicidad y promoción
La Resolución 494/2014 establece además que en el interior
de los puntos de venta, distribución y entrega de cigarrillos deberá exhibirse un cartel de tamaño no
inferior a 20 centímetros de lado con la leyenda "Prohibida la venta,
distribución, promoción o entrega bajo cualquier concepto de productos
elaborados con tabaco a menores de 18 años. Ley 26.687", y que deberán
informarse las vías de denuncia por infracciones a través de la línea
telefónica gratuita 0800 999 3040 y del correo electrónico
[email protected].
Asimismo, la ley nacional prohíbe la publicidad, promoción y
patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o
indirecta, en vía pública y en espacios de uso público como restaurantes,
bares, discotecas, salas de juego, paseos de compras y lugares de trabajo; en
medios de comunicación como radio, televisión, diarios y revistas, y en
internet u otros medios digitales.
En lo que respecta a la publicidad, la legislación permite
la colocación de "un solo cartel por cada fabricante conteniendo
exclusivamente el listado con la marca, el logo y el precio y otro cartel
destinado a la promoción de sus productos elaborados con tabaco". Estos
carteles deben ser de 30 por 30 centímetros, estáticos, de dos dimensiones, sin
luz ni pantallas, con una advertencia sanitaria que ocupe el 20% inferior de la
superficie y no deben dejarse ver desde el exterior del punto de venta.
La falta de cumplimiento de estas medidas, al igual que la
de ambientes 100 por ciento libres de humo de tabaco, puede ser denunciada
desde cualquier punto del país de manera anónima a la línea telefónica gratuita
del Ministerio de Salud de la Nación 0800 999 3040 o bien completando un
formulario en la página web www.msal.gov.ar/tabaco.