La misma incluye a las siguientes especies y cantidades
INAMBÚ MONTARAZ (Nothoprocta cinerascens), con un cupo de tres (3) ejemplares
por excursión de uno o más días. En toda la provincia, excepto en las áreas
vedadas.CHARATA (Ortalis canicollis), con un cupo de tres (3) ejemplares por
excursión de uno o más días. Únicamente en Departamentos: Paclín, Santa Rosa y
El Alto, Ancásti, Valle Viejo y Fray M. Esquiú. MARTINETA COMÚN (Eudromia
elegans), con un cupo de dos (2) ejemplares por excursión de uno o más días.
Únicamente en Departamentos: Santa María, Tinogasta, Belén, Andalgalá y Pomán.
GUAIPO (Rhynchotus maculicollis), con un cupo de tres (3) ejemplares por
excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
INAMBÚ SILBÓN (Nothoprocta pentlandii), con un cupo de seis (6) ejemplares por
excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
INAMBÚ COMÚN (Nothura maculosa), con un cupo de cinco (5) ejemplares por
excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
INAMBÚ PÁLIDO (Nothura darwini), con un cupo de cinco (5) ejemplares por
excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
VIZCACHA (Lagostomus maximus), con un cupo de dos (2) ejemplares por excursión,
en los Departamentos Paclín, Ambato, Ancásti, Capayán y La Paz.
Así mismo, se autoriza también, la caza durante todo el año
de las siguientes especies y cantidades:
LIEBRE EUROPEA (Lepus europaeus), con un cupo de quince (15)
ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las
áreas vedadas. COMADREJA COMÚN (Didelphys albiventris), con un cupo de dos (2)
ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia, excepto en las
áreas vedadas. ZORRO GRIS CHICO (Pseudalopex [griseus] gymnocercus), con un
cupo de dos (2) ejemplar por excursión de uno o más días en toda la provincia,
excepto en las áreas vedadas. PALOMA DOMESTICA (Columba livia), sin cupo de piezas en toda la provincia,
excepto en las áreas vedadas. PALOMA PICAZURO (Patagioenas picazuro), sin cupo
de piezas en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
PALOMA MANCHADA (Patagioenas maculosa), con un cupo de
cincuenta (50) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia,
excepto en las áreas vedadas.
TORCAZA (Zenaida auriculata), sin cupo de piezas en toda la
provincia, excepto en las áreas vedadas. CALACANTE COMÚN (Aratinga
acuticaudata), con un cupo de cinco (5) ejemplares por excursión de uno o más
días en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
LORO BARRANQUERO (Cyanoliseus patagonus), con un cupo de
diez (10) ejemplares por excursión de uno o más días en toda la provincia,
excepto en las áreas vedadas.
IGUANA COLORADA (Tupinambis rufescens), con un cupo de dos
(2) ejemplares de uno o más días en toda la provincia, excepto en las áreas
vedadas.
COTORRA ARGENTINA ( Myiopsitta monachus) , con un cupo de
cincuenta (50) ejemplares en toda la provincia, excepto en las áreas vedadas.
ACLARACIÓN: Toda especie que NO se encuentre en las listas
anteriormente descriptas están TERMINANTEMENTE PROHIBIDAS PARA LA CAZA, y se encuentran
Protegidas mediante la misma Disposición D.P.B. Está expresamente PROHIBIDA la
CAZA NOCTURNA, *a excepción de la caza de Vizcacha (Lagostomus maximus). No se
habilita la caza comercial de ninguna especie en el territorio de la Provincia
de Catamarca.Quien realice esta actividad debe contar con el PERMISO DE CAZA
DEPORTIVA expedido por la Dirección Provincial de Biodiversidad, cuyos
requisitos son:
Permiso anual: Ser mayor de 18 años de edad, 2 (dos) fotos
carnet 4x4, Fotocopia de DNI. Para residentes en la Provincia de Catamarca:
PESOS CIEN CON 00/100 ($ 100,00).
Los residentes de la Provincia de Catamarca que acrediten la
calidad de jubilados abonarán PESOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 50,00).
Renovación para Permiso Anual de caza para residentes en la
Provincia de Catamarca: PESOS OCHENTA CON 00/100 ($80,00).
Renovación para
Permiso Anual de Caza Deportiva, para socios de Clubes de Caza de la Provincia
de Catamarca, con personería jurídica vigente y que tengan sus cuotas
societarias al día: PESOS SETENTA CON 00/100 ($ 70,00).
Permiso provisorio (válido por 3 días): Ser mayor de 18 años
de edad, Fotocopia de DNI.
Para residentes de la Provincia de Catamarca: PESOS
CINCUENTA CON 00/100 ($ 50,00).
Para residentes de otras Provincias: PESOS CIEN CON 00/100
($ 100,00).
Para extranjeros: PESOS TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 300,00).
El MÁXIMO TOTAL DE PIEZAS POR EXCURSIÓN entre todas las
especies obtenidas por cazador para la Temporada entre el 01 de Mayo de 2014 y
el 31 de Julio de 2014 es el equivalente a 16 piezas, salvo las especies que
poseen un cupo mayor de caza. Quedan terminantemente PROHIBIDOS PARA LA CAZA,
el uso de trampas, redes, jaulas, cepos, cebos, veneno, animales llamadores y
otros con idéntica finalidad.