viernes, 4 de diciembre de 2015
08:33
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Queda expresamente prohibido, por estrictas
razones de seguridad, la instalación de puestos en tramos de las Rutas
Nacionales Nº 38 y 64 donde los vehículos desarrollan altas velocidades, sobre
banquinas o bordes de calzada.
También queda totalmente prohibida la
instalación de puestos de ventas o vendedores ambulantes en zona de camino.
Dicha advertencia es a los fines de
resguardar la seguridad de quienes cumplen funciones en dichos puestos, de los
peregrinos y de los usuarios habituales de la ruta.