Todo personal del IPV que llegue a su vivienda estará
claramente identificado con la credencial institucional y no le exigirá ningún
tipo de cobro, por informaciones y trámites relativos a esta Institución.
El IPV le reitera que usted no debe entregar dinero ni
documentación referente a su vivienda a personas que, en nombre de la
Institución, se lo reclamen.
Recuerde, "No se deje engañar”, todo trámite administrativo,
relacionados con la titularidad, ocupación de vivienda, accesos a operatorias
de viviendas y demás, deberán ser realizados, personalmente, en las oficinas
del Instituto Provincial de la Vivienda, ubicadas en el Centro Administrativo
del Poder Ejecutivo (C.A.P.E.), Edificio 6 y 29; por teléfono, al 459000, o por
la web, en www.ipvcatamarca.gob.ar.
SANEAMIENTO DE TÍTULO
A través de un arduo proceso, desde el IPV trabajamos,
durante esta gestión, en el Saneamiento
de Títulos de Propiedad del Complejo Habitacional 920 VV., de la ciudad
Capital.
El procedimiento consiste en tramitar el traspaso de los
inmuebles a nombre del IPV, ya que éstos habían sido edificados en tierras
expropiadas por el Estado Provincial mediante las leyes 3756/81 y 4397/86,
aunque nunca habían sido transferidos, por lo que continuaban a nombre de sus
antiguos dueños.
Una vez que el IPV tenga posesión de los lotes, se
continuará con los trabajos de mensura, la subdivisión de los loteos y
definición de calles y espacios verdes, de modo que la planimetría se ajuste a
las construcciones reales; y, finalmente, se otorgará la escritura traslativa
de dominio a cada uno de los propietarios.
Por lo tanto, este proceso, aunque lento y silencioso,
resulta sumamente necesario para los vecinos que al fin podrán contar con el
documento que los declara dueños de sus viviendas, propietarios de sus
terrenos.
También, un barrio de Valle Viejo
Actualmente, también se trabaja en el saneamiento de títulos
de propiedad del barrio 66 Viviendas, ubicado en Santa Rosa Valle Viejo,
construido a principios de los años ’90, en terrenos donados por el Obispado de
Catamarca, con la condición de que junto al barrio se construya una Capilla,
requisito que fue cumplido por el IPV, a través de una obra por Administración.