miércoles, 23 de marzo de 2016
08:28
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Es así que los empleados de comercio no están obligados a ir
a trabajar, por lo consiguiente, si los hacen trabajar, les tienen que pagar el
100% y devolver el compensatorio por las horas trabajadas.
Por cualquier información o presentaciones judiciales, acercarse el día lunes por
nuestra sede en calle San Martín N° 172.
"Compañero, no estás obligado de ir a trabajar”, afirma Roberto
Antonio González, secretario general del Centro Empleados de Comercio de
Catamarca.