Originalmente, la divulgación de esta
resolución judicial estuvo prevista para el 5 de septiembre pasado, pero fue
pospuesta luego de que un tribunal salteño decidiera primero sobreseer a Lucena,
uno de los condenados que debe ser uno de los resentenciados. Esta vez, solo
será expuesto el ex jefe de Policía Juan Rauzzino, quien fue encontrado
culpable en 2012 y condenado a la pena de 10 años de prisión.
La nueva sentencia de la Cámara Federal de
Casación Penal se inscribe en el proceso legal posterior a los recursos
antepuestos por el fiscal Ruiz Vehils luego del fallo del Tribunal Federal
local, que condenó al ex jefe del Regimiento Carlos Alberto Lucena, y al ex
jefe de Policía, , a 16 y 10 años de prisión, respectivamente, el 15 de junio
de 2012.
Durante el primer juicio, la fiscalía había
acusado a Lucena y Rauzzino por los homicidios de las víctimas durante el
alegato y solicitado la pena de prisión perpetua para ambos, y el Tribunal
rechazó ese reclamo en la sentencia y fustigó los argumentos del fiscal.
El 29 de octubre de 2015, la Sala II de la Cámara de Casación -integrada por Pedro David, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma- hizo lugar al recurso de Vehils Ruiz -que en esa instancia contó con el apoyo del fiscal Ricardo Wechsler- y anuló esta primera sentencia. El máximo tribunal penal validó así la ampliación de la acusación del Ministerio Público Fiscal, en el marco del alegato, pues entendió que no se violó el principio de congruencia dado que previamente se formuló un cambio de calificación legal y no impuso "hechos nuevos" que derivaran en la violación de garantías de los jerarcas. Así, se solicitó que se emita una nueva sentencia por diferentes jueces a los que actuaron en primera instancia.
Los jueces designados para dictar la nueva
sentencia fueron los del Tribunal Federal de Salta, Marta Liliana Snopek, Mario
Marcelo Juárez Almaraz y Federico Díaz. Para esto se puso como fecha el 1 de
agosto de este año, pero ésta se postergó para el día 5 de septiembre. Sin
embargo, ese día volvió a quedar en suspenso ya que se notificó a las partes
que la audiencia se suspendía de oficio y que se sobreseía a Lucena, por
"incapacidad sobreviniente", tal como lo estipula el artículo 77 del
Código Procesal Penal. La defensa del ex militar había pedido que sea apartado
por su demencia de carácter "irreversible", tal como había ocurrido
en la Megacausa de La Perla, en Córdoba.
Después de aquella interrupción, se fijó para
hoy la fecha para conocer el nuevo fallo, aunque solo para Rauzzino, por lo que
desde la "Casa de la Memoria” se invita al pueblo de Catamarca a participar de la
audiencia en se lo hará público y, de esta forma, "hacer un ejercicio de
la memoria colectiva".