En el año 2005 el Poder Legislativo de Catamarca sancionó la
Ley N°5175 por la que se reconoce a las
artesanas/os tradicionales, "como patrimonio cultural de la Provincia, en
mérito a su histórica trayectoria por la que han mantenido vivo y resignificado
el legado indígena - hispano de nuestro pueblo”.
Conforme al articulado, se entiende por artesana/o
tradicional a quien a) Transforma la
materia prima noble, con tecnología básica, en: alimentos, objetos utilitarios,
decorativos u ornamentales; b) Haya
heredado el oficio de sus antepasados; c) Haga de su condición de artesano, su
principal medio de vida y d) Sea reconocido por la comunidad como artesano
tradicional.
A partir de dichas consideraciones, la normativa establece
otorgar a las artesanas/os tradicionales con residencia en la Provincia de
Catamarca, una Pensión Graciable, Personal, Mensual y Vitalicia de un monto en
moneda de curso legal equivalente a la categoría veinte (20) del Escalafón del
Estatuto de Empleados Públicos.
De esta manera, en el año
Según expresa el artículo tercero del Decreto, "fíjase el
monto de la Pensión Graciable y Vitalicia para los Artesanos en una remuneración equivalente a la Categoría 20 –Escalafón General Ley 3198-,
de la Dirección de Artesanías, la que estará integrada por los siguientes
conceptos: Asignación de Categoría, Adicional por Nivelación, Adicional por
Tareas Específicas y Complemento Ayuda a la Canasta Familiar-Remunerativo y No Bonificable”.
La Ley que manifiesta una serie de requisitos, indica
asimismo que la Dirección de Artesanías "habilitará un registro a fin de
empadronar a las Artesanas/os de la Provincia, a partir de la confección de un
formulario tipo”.
Cabe recordar que el Día Internacional del Artesano se
celebra todos los 19 de marzo, conmemorando el trabajo de todos y cada uno de
los artesanos que realizan trabajos creativos.
El artesano se destaca por su gran creatividad para elaborar
objetos únicos e irrepetibles, teniendo en cuenta que entre los materiales más
comunes que los artesanos utilizan para la realización de sus trabajos se
encuentran: cobre, hierro, estaño, madera, cerámica, flores secas y fibras
vegetales.
El Día del Artesano coincide con el día de San José,
celebrado en la religión católica.
VER: Ley Provincial N° 5175 - Decreto 985/07