El hecho ocurre desde el alejamiento de la Dra. Cecilia
Navarro Santana, a fines de junio del año pasado aproximadamente.
Este hecho pone en riesgo la calidad institucional del municipio
de Recreo, ya que según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, toda vez
que dificulta y hasta traba procedimientos de "secuestro de motos, mercadería,
cobro de multas”, nos aseguraron.
Las COM establece en el Capítulo 2, Artículo Nº106, que "El
Departamento de Justicia Administrativa de Faltas, estará a cargo de un
profesional con título de abogado y será designado por el Intendente con
acuerdo del Concejo Deliberante” y también habla, de la designación de sus
Secretarios.
Según pudimos verificar, hay reiterado pedidos de informes
sobre el particular desde el Concejo Deliberante al Poder Ejecutivo Municipal,
sin respuesta.
Este año, luego de la apertura de las Sesiones Ordinarias en
el Concejo Deliberante de Recreo, con fecha 06 de marzo, el PEM envió por nota
"propuesta” de designación del Abogado Emanuel Dahi, con domicilio en la Ciudad
de Frías, Santiago del Estero, para que se desempeñe como el nuevo Juez
Administrativo de Faltas de la Municipalidad de Recreo.
Asunto a Comisión
La "propuesta” que necesita el acuerdo del Concejo
Deliberante según los establece la COM, fue tratada en la Sesión del 08 de
marzo, y pasó a la Comisión Asuntos Legales y Constitucionales, cuyos
integrantes invitaron al "propuesto” Abogado Emanuel Dahí, para una reunión, en
virtud que toda la documentación presentada es de Santiago del Estero.
El Dr. Dahí, no concurrió el pasado 04 de abril, excusándose
por nota de "no poder concurrir a la misma, debido a razones de índole personal
y familiar de considerable envergadura que lo imposibilitan” (sic). Y adjunta
documentación requerida la Comisión de Asuntos Legales y Constitucionales del
CDMR.
En la Sesión pasada, se reiteró al Dr. Dahí, nueva
invitación para el día de hoy 11 de abril y según informan hoy, tampoco se hizo
presente.
Concejales Reglamentaron el Artículo Nº 106 de la COM.
En la Sesión pasada, por iniciativa del Concejal Alberto
Oyola (FpLV), el cuerpo de Concejales aprobó por unanimidad la Reglamentación
para la designación del Juez Administrativo de Faltas de la Municipalidad de
Recreo. Aunque el Proyecto original de Oyola, fue modificado por una propuesta
del Concejal Víctor Romero (FCyS), de ampliar "de 1 a 3 años de residencia” del
Juez Administrativo de Faltas.
La nueva Ordenanza establece las condiciones que debe tener
un Abogado para desempeñarse como Juez Administrativo de Faltas de la
Municipalidad de Recreo.
En su Artículo Nº1 dice que debe "ser argentino; tener
título de Abogado con 3 (tres) años como mínimo de ejercicio de la profesión;
tener residencia en la jurisdicción de la Municipalidad de Recreo con 3 (tres)
años, como mínimo de antigüedad en la misma; estar Matriculado en el Colegio de
Abogados de la Provincia de Catamarca”.
Mientras, el municipio de Recreo continúa sin Juez
Administrativo de Faltas.