Práctica de drenaje linfático para pacientes oncológicos

La OSEP informó que por resolución N° 5914 expedida el 14 de julio de 2017 se incorpora al menú prestacional de la institución la práctica de drenaje linfático para los afiliados oncológicos.
martes, 18 de julio de 2017 10:41
martes, 18 de julio de 2017 10:41
Para su autorización, el tratamiento debe ser prescripto por el médico especialista, o en su defecto, médico de cabecera, y ser autorizado por el médico auditor de la Obra Social.

Los afiliados tendrán un cupo máximo de 30 sesiones por año con una duración de 40 minutos cada una.
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