martes, 18 de julio de 2017
10:41
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Para su autorización, el tratamiento debe ser prescripto por el médico especialista, o en su defecto, médico de cabecera, y ser autorizado por el médico auditor de la Obra Social.
Los afiliados tendrán un cupo máximo de 30 sesiones por año con una duración de 40 minutos cada una.