Día de la Prevención del Maltrato Infanto- Juvenil

Este 27 de septiembre, como cada año, se celebra el "Día de la Prevención del Maltrato Infanto- Juvenil".
miércoles, 27 de septiembre de 2017 10:02
miércoles, 27 de septiembre de 2017 10:02

Desde la Cámara de Senadores se recuerda sobre las legislaciones vigentes a  nivel provincial en el marco de una temática por demás sensible, que nos apela diariamente a involucrarnos y trabajar en consecuencia para erradicar por completo dicha problemática.

El 27 de septiembre de 1990 el Congreso de  la Nación sancionó la Ley N°23.849 por la que se ratifica la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

En Catamarca, en el mes de octubre del año 2006 la Legislatura dio sanción definitiva a la Ley N°5.194 por la que se crea el Programa de Prevención y Atención del Maltrato Infantil.

De acuerdo con dicha iniciativa, la presente Ley tiene por objeto la prevención, detección, y atención del maltrato infantil en el ámbito de las Instituciones pertenecientes a Educación Inicial, EGB, Polimodal y Regímenes Especiales, dependientes del Ministerio de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología del Poder Ejecutivo Provincial.

En tal sentido, se entiende por Maltrato Infantil: a) Negligencia o Abandono; b)  Maltrato Físico; c) Maltrato Emocional; d) Abuso Sexual; e) Menores forzados a tomar alcohol o drogas, mendigar o robar, trabajos excesivos dentro y fuera de la casa; f) Síndrome de Munchausen: consiste en inventar una enfermedad en el niño o producirla por la administración de sustancias y medicamentos no prescriptos; entre otros.

El Programa de Prevención y Atención del Maltrato Infantil considera que para ponerse en marcha el mismo, se constituirá un Comité integrado por representantes de la Subsecretaría de Educación, Dirección Provincial de Desarrollo Humano, Servicio de Pediatría del Hospital de Niños "Eva Perón", Representantes de la Iglesia, Dirección de Justicia, Juzgados de Menores y otros que se puedan prever.

En cuanto a las acciones del Comité, se implementará un Plan de Acción que adoptará estrategias tales como: a) Desarrollar mecanismos de prevención y detección del Maltrato Infantil en la familia, en la escuela y/o en la intersección de ambos subsistemas; b) Sensibilizar y concientizar a la comunidad acerca de la problemática del Maltrato Infantil, difundiendo los circuitos de denuncias existentes; c) Brindar información para la prevención y detección del Maltrato Infantil; d) Capacitar a los profesionales que trabajan en áreas vinculadas con la infancia en la detección temprana del Maltrato Infantil; e) Crear conciencia en las familias sobre las consecuencias que trae a los niños/as este flagelo en su desarrollo futuro y f) Atender a las víctimas y familiares en los casos necesarios.

De igual manera, la Ley provincial establece otras acciones como talleres reflexivos, además de asistencia y derivaciones.

 

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