El decreto dice lo siguiente:
VISTO la Ley N° 26 727 y el Decreto N° 1 043 de fecha 12 de noviembre del 2018 y,
Que el Decreto N°1043 de fecha 12 de noviembre de 2018 estableció una asignación de carácter no remunerativo para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, la cual asciende a la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5000)
Que el Articulo S"" de la citada norma prescribió la exclusión de los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario, reglado por la Ley N° 26 727, sin perjuicio de lo que puedan establecer los órganos competentes.
Que el órgano competente para establecer una asignación de tal índole es la Comisión Nacional de Trabajo Agrario.
Que el tratamiento de la refenda asignación se efectuó en virtud de lo establecido en el Artículo 4° del Decreto precitado.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales ante dicha Comisión en cuanto a la fijación de dicha asignación para los trabajadores permanentes de prestación continua enmarcados en la Ley N° 26 727, en el ámbito de todo el país, debe procederse a su determinación.
Que, asimismo, deciden extender la asignación a los trabajadores que se desempeñan en la actividad avícola y en la actividad porcina, ambas en el ámbito de todo el país.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley H° 26 727
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE
ARTICUL O 1° - Fijase una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de PESOS CINCO MIL ($ 5000), para los trabajadores permanentes de prestación continua enmarcados en la Ley N'' 26 727, en el ámbito de todo el país, la cual se abonara conforme se detalla a continuación
- PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2 500), con anterioridad al 20 de diciembre de 2018,
- PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2 500), con anterioridad al 20 de febrero de 2019-
ARTICULO 2° - Extiéndase la asignación extraordinaria de carácter no remunerativo refenda en el articulo precedente al personal que se desempeña en la actividad avícola, en el ámbito de todo el país, comprendido en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 184/2018 o la que en un futuro la reemplace
ARTICULO 3° - Extiéndase la asignación extraordinaria de carácter no remunerativo refenda en el Articulo 1° al personal que se desempeñaría en la actividad PORCINA, en el ámbito de todo el país, comprendido en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 117/2018 o la quien un futuro la reemplace
ARTÍCULO 4"- A los efectos de la presente Resolución, será de aplicación lo prescripto en el Articulo 4" del Decreto N"* 1 043 de fecha 12 de noviembre de 2018
ARTICULO 5°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.