Según el Dr. Ariel Salavarría, representante de Ávila, el 14 de febrero pasado "mi representada envió Nota al Intendente Roberto Herrera y nunca recibió respuesta alguna" y agregó "es por eso que ahora se ve en la obligación, dado deudas contraídas con el servicio de sepelio, a enviar Carta Documento de Intimación, reservándose el derecho de iniciar denuncia penal por retención indebida de haberes y acciones legales que deriven de la misma".
En la Carta e Intimación Ruth Lis Ávila expresa que "Mi legitimación como beneficiaria, deriva del hecho de nuestra convivencia desde el año 2011, lo cual prueba que nuestra unión convivencial tenía más de 6 años; tomando en cuenta las exigencias, como requisito para ser beneficiaria del pago de dicha indemnización, plasmada en el artículo 38 del decreto ley 18037/69 y sus modificatorias" entre otros conceptos.