El sindicato de Prensa, en alerta por accionar judicial

Es porque el fiscal federal Santos Reynoso citó a declarar a tres periodistas de Radio Nacional por una entrevista realizada al candidato a intendente de la Capital por Cambiemos, Flavio Fama.
jueves, 12 de septiembre de 2019 17:01
jueves, 12 de septiembre de 2019 17:01

"Desde el Sindicato de Prensa de Catamarca expresamos nuestra preocupación por la citación del fiscal federal Santos Reynoso a tres periodistas de Radio Nacional a fin de que prestaran declaración testimonial y brindaran detalles sobre una entrevista realizada en su programa radial. Ante este hecho, es necesario recordar que cualquier medida tendiente a  incautar material periodístico, que requiera relevar fuentes o citar a periodistas en calidad de testigos en causas penales, tiene un efecto profundamente restrictivo sobre la libertad de expresión. 

Cabe recordar que el artículo 13 inciso 3 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece que "No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos..." y que conforme el Principio 8 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos "todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales".

Las investigaciones penales no deben afectar a los periodistas que en el ejercicio de su profesión cooperaron a que la sociedad conociera los hechos que ameritaron dicho proceso, reconociendo siempre lo importante de estas tareas profesionales para el acceso a la información como derecho y para el eficaz ejercicio de control ciudadano por parte de los periodistas y medios de comunicación en y con la sociedad.

Desde todos los ámbitos y poderes públicos,  pero particularmente desde el poder judicial, se debe garantizar a los periodistas su libre ejercicio profesional y en dicho contexto, siempre asegurar la protección de la confidencialidad de las fuentes periodísticas, en virtud del derecho consagrado con la Constitucion nacional, art. 14, 32 y 43. Constitucion provincial, art. 10 y ss. Convención Americana de Derechos Humanos, art 13 y 14,  y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art 18, 19 y 20.

Desde el Si.Pre.Ca consideramos que la medida sienta un grave precedente para el ejercicio de la profesión, ya que su normalización limitaría la posibilidad de los periodistas de abarcar y difundir con libertad e independencia su trabajo sobre las problemáticas de interés público y el acceso de toda la sociedad a la información".

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