miércoles, 23 de diciembre de 2020
13:59
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El instrumento establece que, en dichas fechas, los locales del rubro tendrán permitido la apertura al público hasta las 5 horas del día siguiente.
Asimismo, el horario de circulación se extenderá de manera excepcional los días 24 y 31 de diciembre hasta las 5.30 horas del día siguiente.
Las actividades autorizadas deberán cumplir de manera estricta con los protocolos aprobados para cada una de ellas y deberán contar con las habilitaciones que emita cada jurisdicción municipal.