El gobierno español decidió que a partir de este lunes volverán al trabajo los empleados que no estaban incluidos en la lista de servicios esenciales, sobre todo los de la industria y la construcción. Los comercios que no venden artículos de primera necesidad y toda la rama dedicada al esparcimiento continuarán cerrados. Más allá de su impacto en España, la medida servirá de importante experiencia para los demás países, como Argentina, que mantienen las reglas de aislamiento y discuten cómo, y cuándo, será encarado el camino de salida.
La decisión desató no pocas polémicas, aún entre los epidemiólogos que conforman el grupo de consulta del gobierno, ya que varios se inclinaban por extender las medidas duras de aislamiento. También provocó la oposición de algunos gobiernos autónomos, sobre todo el de Catalunya, que reclamaron al gobierno central las razones científicas de la decisión y lo hicieron responsable de las consecuencias.
Para preparar a los trabajadores y a las empresas sobre la etapa que se abre este lunes, Sanidad Pública española dio a conocer una lista de recomendaciones sobre cómo comportarse en los medios de transporte, en los lugares de trabajo y en los hogares al regreso.
Medidas organizativas
1. De acuerdo con la normativa de riesgos laborales, será necesario informar al personal de forma fehaciente, actualizada y habitual de las recomendaciones sanitarias que deben seguir de forma individual.
2. Es preciso proveer al personal de los productos de higiene necesarios para poder seguir las recomendaciones individuales, adaptándose a cada actividad concreta. Con carácter general, es necesario mantener un aprovisionamiento adecuado de jabón, solución hidroalcohólica y pañuelos desechables.
3. Hay que mantener un aprovisionamiento suficiente del material de limpieza para poder acometer las tareas de higienización reforzada a diario. Entre ellos lejía y productos autorizados por el Ministerio de Sanidad para desinfectar (consúltalos aquí).
4. Es necesario contar con aprovisionamiento suficiente de material de protección, especialmente guantes y mascarillas, para el personal cuando así lo indique el servicio de prevención de riesgos laborales y, muy concretamente, el más expuesto (médicos y enfermería de empresa, personal de limpieza, personal de cara al público).
5. Se deberán adoptar medidas específicas para minimizar el riesgo de transmisión a las personas trabajadoras especialmente sensibles cuando hayan tenido que acudir al centro de trabajo.
6. Es aconsejable realizar un plan de contingencia, identificando el riesgo de exposición al virus de las diferentes actividades que se desarrollan en el centro de trabajo, adoptando medidas de protección en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable en cada momento. Para la elaboración de ese plan deben ser consultados los delegados de prevención o los representantes de los trabajadores.
7. Es preciso establecer protocolos en caso de que una persona trabajadora manifiesta síntomas en su puesto de trabajo, para protegerla y proteger al resto de la plantilla.
Fuente: AFP - Pagina 12