Piden priorizar sueldos, con subsidios al transporte

El diputado provincial Juan Carlos Rojas, propuso que los subidios y/o compensaciones económicas que reciben las empresas del servicio de transporte de pasajeros de Catamarca, sean destinados de manera prioritaria al pago de sueldos y cargas sociales de su personal.
lunes, 8 de junio de 2020 14:47
lunes, 8 de junio de 2020 14:47

En un proyecyo de ley, ya ingresado a la Cámara de Diputados de la provincia, Rojas, dirigente de extracción gremial, impulsa que "las patronales no queden exceptuadas del pago completo del salario (de sus trabajadores), si el mismo no fuese cubierto con las ayudas nacionales o provinciales", que regularmente perciben los empresarios del sector.
El proyecto
San Fernando del Valle de Catamarca, 02 de junio de 2020
PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DRA. MARIA CECILIA GUERRERO GARCIA
SU DESPACHO:
                   Procedo a elevar a la consideración de la Cámara que Ud. Preside el presente Proyecto de Ley por el cual  se dispone la afectación en forma inmediata de todo fondo percibido en concepto de subsidio o compensación para empresas prestatarias del servicio público de pasajeros, en los servicios de corta, media y larga distancia en el ámbito de la provincia para ser destinados en primer lugar al pago de sueldos y cargas sociales del personal declarado. No quedando eximida la patronal al pago completo del salario si el mismo no fuese cubierto con las ayudas nacionales o provinciales que perciba en estos conceptos.
                     Acompaña esta solicitud los fundamentos que relevan la importancia de cumplimentar el trámite parlamentario pertinente.
Sin otro particular saludo a Usted atentamente.
Juan Carlos Rojas, diputado provincial
FUNDAMENTOS:

Sres. Legisladores, desde hace varios meses se vienen observando como la crisis generalizada, y hoy agravada con la pandemia, afecta un servicio público que es esencial para nuestra comunidad como es el trasporte de pasajeros en corta, media y larga distancia.
Esto ha desembocado en paros generalizados en esta provincia por largo tiempo con el grave perjuicio que esto significa para la comunidad en general, en el sector urbano cuando no circula el colectivo implica que un trabajador no llegue a su empresa y pierda el presentimo o se le aplique una llegada tarde o que un alumno de cualquier nivel no llegue tarde a su clase, además de afectar a todo aquel que debe realizar un trámite de cualquier tipo.
En la corta y larga distancia, lleva a la incomunicación de nuestras comunidades del interior y a la provincia con sus vecinas afectando a miles de usurarios.
El estado en su momento ha tenido la voluntad de ayudar a estas empresas prestatarias con subsidios o compensaciones, a fin de mantener servicios y frecuencias; sin embargo las patronales han privilegiado sus ganancias y dejaron de lado las condiciones salariales de los trabajadores o el bienestar de los usuarios.
Es momento de poner un límite al abuso que se hace de estas prerrogativas que tienen estas concesionarias de servicios públicos, que como tales son de carácter esencial para la vida cotidiana de la comunidad en general.
Detrás de cada trabajador, hay una familia y con ello una obligación de garantizar que estas perciban el salario justo que les permita una subsistencia digna.
Es por ello que corresponde determinar que esas ayudas que reciben del estado se destinen específicamente a cubrir los haberes de los trabajadores en primer lugar, evitando así la especulación o desvió de fondos a actividades no vinculadas a las empresas de servicios públicos beneficiadas.
Esta iniciativa puede ser la que acerque una solución a los trabajadores o que determine al menos abrir la discusión del problema en el recinto y que se articule una medida que permita llevar tranquilidad a cientos de catamarqueños.
Esperando contar con el acompañamiento de mis pares, me despido Atentamente.
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA
DE LEY:

ARTÍCULO 1.- Disponer la afectación en forma inmediata de todo fondo percibido en concepto de subsidio o compensación para empresas prestatarias del servicio público de pasajeros, en los servicios de corta, media y larga distancia en el ámbito de la provincia en primer lugar al pago de sueldos y cargas sociales del personal declarado. No quedando eximida la patronal al pago completo del salario si el mismo no fuese cubierto con las ayudas nacionales o provinciales que perciba en estos conceptos
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca.- 

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