Según lo dispuso el Gobierno local, todas las personas que deseen ingresar a Catamarca deberán solicitar la autorización previa, y adjuntar un testeo rápido o PCR negativo vigente dentro de las últimas 48 horas.
ARTÍCULO 1º.- Todas las personas que ingresen al territorio de la Provincia deberán contar con la autorización emitida por el Ministerio de Seguridad, la que se tramitará a través de la página oficial https://ingreso.catamarca.gob.ar y acreditar un análisis de testeo rápido de antígenos COVID 19 NO DETECTABLE o testeo PCR COVID19 NO DETECTABLE efectuado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas anteriores al ingreso.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, la autoridad sanitaria podrá requerirle a quienes permanezcan más de cinco (5) días en la Provincia, la realización de un nuevo análisis de testeo rápido de antígenos COVID 19 NO DETECTABLE o testeo PCR COVID19 NO DETECTABLE, a los fines de realizar una vigilancia activa de los mismos.
QRTICULO 2º.-La presente medida entrará en vigencia desde las 00.00hs del día 08 de Mayo de 2021 y regirá hasta el 14 de Mayo de 2021, inclusive.
Etapa Roja
ARTÍCULO 1°.- Prorrogase a partir de las 00:00 hs. del día 08 de Mayo y hasta el día 14 de Mayo de 2021 inclusive, la vigencia de la “ETAPA ROJA – AISLAMIENTO ESTRICTO” en los términos y condiciones establecidas en los Decretos S. – Seg. N° 1854/2020, sus modificatorios y S. – Seg. N° 706, 709, 718, 721 y 748.
ARTÍCULO 2°.- Prorrogase a partir de las 00:00 hs. del día 08 de Mayo y hasta el día 14 de Mayo de 2021 inclusive, la restricción para circular en todo el territorio de la Provincia en el horario de 21:30 a 06:00 horas, quedando exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en ese horario.- | ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.