Esta decisión se tomó valorando el bienestar de los niños tanto en su aspectos psicológicos, emocionales, vínculos afectivos y constancias trabajadas en el proceso de adoptabilidad.
En este proceso cobra relevancia la preservación de los vínculos fraternos de los tres hermanos, quienes continuarán en la misma familia adoptiva (art. 595 inc. d del C.C.yC.N.), con su mamá, quien se ha encontrado predispuesta para acoger y maternar a los niños, desde la audiencia inicial a partir de la remisión de lista de adoptantes por el Registro de Adoptantes hasta la actualidad, demostrando una gran capacidad para desenvolverse en las tareas cotidianas que conllevan el cuidado de niños pequeños, según expresa el fallo.
Teniendo en cuenta las directivas que surgen de la Convención de los Derechos del Niño y de la Ley 26.061, cuyo eje fundamental es el "interés superior de niño", se consideró conveniente otorgar la adopción plena de los niños a su mamá para integrar una familia “Monoparental”.
Durante mucho tiempo, la familia nuclear (padre, madre e hijos) se consideró el modelo tradicional de familia. Sin embargo, los cambios socio culturales que se han gestado a lo largo del tiempo han reconfigurado esta estructura, a varios tipos de familias con características propias y el Juzgado hoy trabaja brindando las mismas posibilidades a todos los tipos de familia. También se destaca que desde los 3 Juzgados trabajan en sentencias con lenguaje claro y de fácil comprensión para toda la familia pero haciendo hincapié en informar a los protagonistas que son los niños, niñas y adolescentes a través de cartas o mensajes para cada edad.
COMUNICAR DESDE EL AMOR
Fue la Dra. Erica Saccher, jueza de Familia N° 1, quién escribió la tan emotiva y humana carta.
La carta explica el fallo a las niñas desde una comunicación adaptada para su edad, donde se puede expresar lo acontecido desde el lado más sensible y humano para que todos sus destinatarios puedan entender, recordando qué hay niños de por medio y que ellos también tienen el derecho a comprender tal sentencia.
UNA CARTA MUY ESPECIAL
Para mayor información; REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS que garantiza a los postulantes una inscripción única, que se realiza en la jurisdicción de su domicilio real, de forma personal, gratuita, que no requiere Abogado, con validez en todas las jurisdicciones adheridas.
https://juscatamarca.gob.ar/adopcion.html