El escrito, al que accedió en exclusiva
Perfil, apunta a la firme sospecha de que el acuerdo por mil millones de
dólares iría contra la normativa del FGS. Además, pone la lupa sobre el posible
tráfico de influencias, a partir de la filtración de información de Estado en
manos de privados que actuaron como lobbystas, entre ellos el tenista retirado
Gastón Gaudio.
"El memorándum deriva activos del
FGS hacia un subfondo, situación que no está prevista ni autorizada por la
legislación vigente. Para ejemplificar la gravedad de esto se puede utilizar la
participación en sociedades del FGS: la participación accionaria en ningún caso
pone fondos en un subfondo ni otorga a terceros la administración de esos
fondos", afirma el texto.
El escrito presentado por los diputados
Guillermo Carmona, Héctor Recalde, Luis Basterra, Analía Rach Quiroga, Alberto
Ciampini y Rodolfo Tailhade agrega que "el control de esas inversiones
siempre la tiene el órgano de dirección del FGS".
En ese sentido, los legisladores
denunciaron que "el subfondo que crea el memorándum es una nueva entidad
jurídica que puede adquirir derechos y contraer obligaciones sin la
intervención de los órganos de administración del FGS". Además, "la
adopción de legislación extranjera (británica) que prevé el memorándum se choca
con el marco jurídico que establece la legislación nacional para regular el
FGS. Es abiertamente ilegal".
La ampliación de la denuncia destaca
nuevas sospechas sobre el acuerdo: "La prórroga de jurisdicción resulta
incompatible con el régimen legal que rige al FGS. El régimen del FGS no prevé
colocaciones en el exterior (...) el otorgamiento de la administración a un
Manager extranjero viola el régimen legal, en tanto el órgano de dirección del
FGS pierde la administración de los activos del FGS. Se contrata a un tercero
para hacer lo que deben hacer los funcionarios del FGS".
"Uno de los pilares jurídicos e
institucionales del FGS es la transparencia. Lo acordado por el Memorándum
demuele la transparencia por la vía de la confidencialidad", remarcaron
los diputados.
Cancilería. En otro aspecto de la
denuncia, se apunta a la manera en que se negoció el acuerdo, siempre tomando
como referencia la serie de artículos que publicó este medio sobre el manejo de
información y como funcionarios públicos filtraron datos sensibles a privados,
entre los que está el campeón de Roland Garros.
"No surge con claridad que la
canciller Susana Malcorra y el entonces vice canciller Carlos Foradori hayan
cumplido con las funciones que la ley y la Constitución le otorgan. De la misma
manera no aparece la participación de Malcorra y Foradori, tal como lo ordena
la normativa, en las negociaciones económicas bilaterales con las naciones con
las que la República mantenga relaciones, y mucho menos la intervención
obligada en la política de desarrollo de la inversión extranjera de carácter
productivo en el país", señalaron los dirigentes.
A raíz de esto, plantearon: "¿Fue
la intervención de Horacio Reyser, uno de los principales impulsores del
"memorándum” y facilitador, según las notas periodísticas, de la información
confidencial a Gaudio, y posible reemplazante de Foradori, la razón por la cual
se habría desplazado presuntamente la participación de la Cancillería en este
asunto?".
Normativa. Los diputados agregaron
artículos legales para que Rafecas analice. "En primer lugar, emerge con
claridad la figura del abuso de autoridad (art. 248 CP), que reprime a aquel
funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las
constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o
resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo
cumplimiento le incumbiere. En nuestro caso estamos ante un obrar omisivo, esto
es el incumplimiento palmario (no ejecutar) de las leyes que regulan tanto el
funcionamiento del FGS como la propia Constitución Nacional".
"En efecto, el memorándum no es una
figura legal reconocida como tal, sino antes bien es claramente un "tratado” en
los términos del art. 27 de la CN: "El Gobierno federal está obligado a
afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por
medio de tratados”. En estas condiciones, el memorándum es un tratado y como
tal debe ser aprobado por el Congreso de la Nación conforme el art. 75 inc. 22
de la CN, lo cual no sólo no ha sido cumplido sino que ni siquiera se conocen
con precisión sus alcances dado la aparente –e improcedente- confidencialidad
de sus términos".
La denuncia también involucra de forma
directa a Gaudio y al empresario amigo suyo, Nicolás Rosendi, quien también
recibió información privilegiada. "También es posible conjeturar la
eventual adecuación típica de los hechos (tanto a la conducta desarrollada por
los funcionarios públicos involucrados como a los particulares como Gaudio,
Rosendi y los que surjan del devenir de la pesquisa) a algunas de las figuras
denominadas en el Código Penal como "Cohecho y tráfico de influencias".
"Corresponde indagar si el accionar
de los funcionarios públicos y los particulares que aparecen como responsables
de la operatoria ilegal que se denuncia, encuadra en la figura de la violación
de secretos (art. 157 CP) atento que –y siempre según las publicaciones
referidas- algunos funcionarios públicos habrían revelado hechos, actuaciones,
documentos y datos, que por ley deben ser secretos, a empresarios del sector
privado como Gastón Gaudio, que no sólo no tenía derecho a conocer el estado de
las negociaciones sino que incluso trabajaría para Qatar", agregaron los
denunciantes.
Por último, señalaron que "no debe
soslayarse lo que indica la ley 25188 de Ética Pública, que en su art. 2 inc. f
establece como obligación '…Abstenerse de utilizar información adquirida en el
cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus
tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados'”