La fiscal que objetó el eventual acuerdo entre el
Gobierno y el ex Correo Argentino acusó ayer a esa empresa del grupo Macri de
actuar con "mala fe procesal", tras detectar que inició una demanda
contra el Estado nacional por daños y perjuicios por un monto y una tasa de
interés mayores a las que propuso para devolverle lo que le adeuda desde hace
más de 16 años.
La fiscal Gabriela Boquin acusó además al Correo
Argentino de mantener "una conducta desleal" frente al Estado
nacional y de ocultarles a los funcionarios judiciales intervinientes en el
concurso que había iniciado esa demanda, días antes de celebrarse la audiencia
en que se arribó al acuerdo y "mientras se encontraba negociando con el
acreedor demandando", es decir, el propio Estado.
Boquin esgrimió, en esa línea, que la posición del
Correo "en este expediente contencioso administrativo [en alusión al de la
demanda] convierte en más abusiva aún la propuesta formulada al Estado nacional
[en el concurso], pues mientras ofrece pagar a partir del 2018 [...] un interés
del 7 por ciento anual, reclama al mismo acreedor un interés del 11 por ciento
por lo menos hasta el 2009 más los intereses correspondientes (sin determinar
tasa) hasta el efectivo pago".
¿Qué detectó Boquin al revisar ese expediente del fuero Contencioso
Administrativo Federal? Que el Correo inició una demanda contra
el Estado 15 días antes de la audiencia, para 46 días después de esa audiencia
ampliar el reclamo por $ 2364 millones más intereses del 11 por ciento, sin
comunicarlo al fuero Comercial. Tanto desde el Gobierno como desde el Grupo
Macri, por el contrario, defendieron el acuerdo y ampliaron las críticas contra
el primer dictamen de Boquin por considerarlo "erróneo" o, incluso, de
"mala fe", por ejemplo, al considerar que deberían adicionarse
intereses a la deuda de $ 296 millones que el Correo no paga desde 2001.
"En la Argentina están prohibidas las cláusulas
de repotenciación, indexación y actualización", indicaron desde el Ministerio
de Comunicaciones, y además "el concurso preventivo implica la suspensión
del curso de los intereses de cualquier tipo", indicaron, por lo que
estimaron que "es falso que la deuda deba ser computada con intereses,
porque un efecto del concurso es justamente la suspensión de los intereses. No
hay intereses".
En su dictamen, por el contrario, Boquin remarcó que
la ley establece la "suspensión" de los intereses, no su eliminación
y recordó que la propia sala B de la Cámara Comercial que debe resolver el
concurso del Correo ya falló en otro caso ("Capital Food") que una
propuesta de pago era "abusiva" si no contemplaba "el pago de
intereses posconcursales" e implicaba, en la práctica, una quita
adicional. Desde el Correo replican, en cambio, que ofrecieron pagar "el
100% del crédito nominal más un 7% de interés", lo que equivaldría al
53,33% del crédito original del Estado nacional si se midiera en dólares al
momento de su verificación concursal en 2003.
El contrapunto entre el Ministerio Público, el
Gobierno y el Correo ya derivó en la apertura de tres investigaciones. Por un
lado, el juez federal Ariel Lijo y el fiscal Juan Pedro Zoni investigarán en
sede penal si se cometieron delitos, mientras que en sede administrativa se
iniciaron actuaciones en la Procuraduría de Investigaciones Administrativas
-por eventuales conflictos de interés- y, ayer, en la Oficina Anticorrupción,
según informó su titular, Laura Alonso, para "analizar los deberes
éticos" (ver aparte).
En su dictamen de ayer, en tanto, la fiscal Boquin
también criticó esa tasa de interés por considerarla un doble estándar.
"Resulta abusivo que al Estado nacional se le pague el 7% anual desde el
2018 o 2019 (según sea la fecha de la sentencia homologatoria, si esta se dictase)
y reclame por los mismos conceptos verificados o créditos relacionados a ellos
un interés del 11% anual hasta 2009 más la actualización hasta el efectivo pago
con los intereses correspondientes", afirmó, "pretendiendo por un
lado no abonar suma alguna por los intereses suspendidos durante el trámite
concursal (casi 16 años: 2001-2017) pero reclamándolos para sí en una acción
que inicia y prosigue mientras se encontraba negociando la deuda
concursal".