El principal argumento es que no se pudo demostrar la convivencia entre el hombre y la víctima que en el momento de ser abusada tenía 15 años. El acusado es Ramón Reyes Contreras, quien en un primer momento fue imputado por el delito de abuso sexual agravante por la convivencia. La víctima es hija de la pareja del imputado.
De esta manera, Reyes Contreras fue condenado a la pena mínima para el delito que se le imputa, es decir, ocho meses de prisión en suspenso.
Otro de los puntos de la sentencia dice que el acusado no podrá acercarse a la víctima a menos de 100 metros que en la actualidad tiene 18 años.
El hecho por el que sufrió la mínima condena ocurrió en el año 2008 cuando Reyes Contreras sometió sexualmente a la menor en el domicilio de su concubina, en el barrio 100 viviendas sur de la Capital.