El imputado se confesó en pleno debate, donde dejó en claro que él había sido el responsable del abuso y que lo había perpetrado ante la ausencia de la madre de la víctima y bajo los efectos del alcohol.
El juicio se llevó a cabo en la Cámara Penal Nº 2 ayer y tuvo su rápida resolución por parte del tribunal, debido a la confesión del imputado. Juan de Dios fue condenado a purgar una pena de siete años de prisión por el tribunal compuesto por los jueces Bustamante, Guillamondegui y el subrogante Porfirio Acuña, bajo los términos del artículo 119 del Código Penal.
Este apartado legal estipula una pena mínima de seis años y una pena máxima de quince años de prisión para casos de esta índole; bajo estas premisas, la Fiscalía de Cámara, a cargo de Gustavo Bergesio, pidió ocho años de prisión para el hombre, mientras que la defensa técnica del acusado, a cargo del abogado Juan Carlos Jiménez Pagés -en vista de la confesión de parte- decidió abogar por el mínimo de la pena.
Una vez finalizada y elevada a juicio la causa, el imputado pasó poco más de un año encarcelado a la espera del inicio del proceso penal, esto habría influido directamente en el veredicto.
El hecho ocurrió en 2010 cuando Juan de Dios aprovechó una ausencia particular de la gente de la casa, donde vivía con los hijos de su pareja -durante el proceso admitió ser “padrastro” de la joven abusada- y bajo los efectos del alcohol, según su propia confesión, sometió a su víctima de 19 años.
Cabe destacar que la joven padece una discapacidad mental que provoca que su proceso madurativo fisiológico no se corresponda con su proceso madurativo psicológico, marcando un diagnóstico de retraso a los 5 años.
Como consecuencia de esa violación que implicó un episodio de acceso carnal comprobado, la joven quedó embarazada y dio a luz meses más tarde. La genética del neonato y el imputado fueron cotejados por medios de pericias científicas y arrojaron una probabilidad de parentesco del 99,9 por ciento.