En efecto, la resolución del juez Acuña se relaciona con una acción de Habeas Corpus, solicitado por un ciudadano identificado como Pedro Nicolás Mena, quien denunció haber sido detenido en varias oportunidades sin ninguna justificación por parte de la policía.
En el fallo, Acuña exhorta a “los poderes públicos con facultad de iniciativa legislativa a considerar la conveniencia de propiciar la adecuación de la norma declarada inconstitucional a los estándares establecidos por la Constitcuión nacional y provincial en materia de restricción de libertad”.
Apoyándose en este inciso, la policía está facultada a demorar sin plazo de tiempo a una persona que necesite ser identificada. Asimismo, puede arrestar hasta un plazo de 24 horas a las personas que no puedan justificar ante la fuerza del orden, su presencia en determinado lugar.