Curiosamente las autoridades del Ministerio de Salud que se llegaron hasta Santa María se marcharon en horas del mediodía, a pesar de que hace una semana se sabía y se mandaron las invitaciones para que este importante acto se lleve a cabo a las 18 horas.
Los que ninguno de los santamarianos presentes en el día de ayer entendieron es el porque, después de haber logrado importantes avances con la RED para la contención de la Vida \"Aquí y Ahora A Tu Lado\", no se hayan encontrado presentes en la Firma del Acta Acuerdo las autoridades que se llegaron desde la capital, como ser el director de Salud Mental, la subsecretaria de medicina preventiva y la directora provincial de materno infantil que solo estuvieron de hasta el mediodía solamente en esta ciudad, para lo que además se hicieron presentes una importante cantidad de instituciones locales para refrendar al aval a la RED, no habiendo contado ni siquiera con la presencia de algún mando intermedio de la Subsecretaria de Medicina Preventiva de la provincia.
La pregunta obligada que quedó flotando en el concejo por parte de muchos de los presentes fue, ¿será que el trabajo y el compromiso de los ciudadanos de Santa María no es de importancia de los programas y el gobierno de la provincia?, ¿esta gente no vino viaticada desde el gobierno especialmente para este acto?, que pasó en el medio alguien tendrá que dar una respuesta.
El acta acuerdo quedó redactada por los presentes autoridades eclesiásticas, autoridades policiales, civiles y pueblo en general de la siguiente manera.
Acta acuerdo de coordinación y cooperación interinstitucional entre las instituciones publicas y privadas de la ciudad de Santa María y programas provinciales de la provincia de Catamarca integrados en la red de contención “Aquí y ahora a tu lado”.
La presente Acta Acuerdo de Coordinación y Cooperación, se celebra, a los diecinueve días del mes de Abril del 2011, en la local del Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa María, entre, LA DIRECCIÓN DE SALUD MENTAL representada por Dr. Luis Segura; LA SUBSECRETARIA DE MEDICINA PREVENTIVA representada por la Sub Secretaria Dra. Marisa Noblega, LA DIRECCIÓN PROVINCIAL MATERNO INFANTIL representada por la Dra. Claudia Pallino, en adelante la DIRECCIÓN SALUD, LA SUBSECRETARIA Y LA DIRECCIÓN DE INFANCIA respectivamente, por una parte y EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA MARIA, y demás representantes de las de INSTITUCIONES INTERMEDIAS, PUBLICAS, PRIVADAS del DEPARTAMENTO DE SANTA MARIA, quienes consignaran sus datos personales y cargos representativos al pie de la presente; en los términos y condiciones que se consignan a continuación:
PRIMERA.- ANTECEDENTES
En el marco de lo dispuesto por la LEY 5262 y su Decreto Nº 2345, “PROGRAMA DE PREVENCIÓN, ASISTENCIA Y RECUPERACIÓN DE LAS PERSONAS EN CRISIS CON RIESGO DE SUICIDIO Y DE SU FAMILIA”, Y EL PROGRAMA “FORTALECIENDONOS”, donde al Gobierno de la Provincia de Catamarca a través del Ministerio de Salud de la provincia y sus distintas aéreas , se obliga a realizar las siguientes actividades: la promoción de la investigación científica y clínica del suicidio, el adiestramiento y capacitación de los profesionales para su atención, el desarrollo de servicios para atender las necesidades de las personas en crisis y sus familias, la recuperación de estas persona y su reintegración a la vida social, la generación de material de capacitación y difusión del problema, la Coordinación de acciones con instituciones educativas, religiosas, el fomento y creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención y detección de persona en riesgo, siendo su función la de normar, coordinar, orientar y supervisar el planeamiento y la ejecución de los programas determinados en la normativa de mención.-
SEGUNDA.- DEL OBJETO
Las partes acuerdan firmar la presente Acta Acuerdo de Coordinación y Cooperación Interinstitucional, con el objeto de aunar esfuerzos para fortalecer las actividades, tendientes a atenuar, proteger, contener a las personas de afectadas por la diversas problemáticas sociales como el suicidio, la violencia familiar, la violencia de género, las adicciones y los abusos de toda naturaleza, la exclusión, entre otras, fomentando la creación de grupos de sostén y contención con apoyo profesional, intervención de voluntarios, integrantes de credos religiosos, familiares, coordinados y articulados por la Red de Contención “Aquí y Ahora a tu Lado” conjuntamente con la Autoridad Provincial y la delegaciones locales en el Departamento de Santa María, en materia de salud mental.
TERCERA.- DE LA MISION
a) Priorizar la formación de Capacitadores que participen en los Programas implementados por la Ley 5262 y Decreto 2345.-
b) Realizar campañas de comunicación y difusión dedicadas a la prevención del suicidio.-
c) Promocionar el acceso a los servicios terapéuticos, que permitan a toda persona en riesgo de suicidio recibir la atención necesaria para su recuperación.-
d) Brindar apoyo psicológico y espiritual a individuos o familiares que han perdido una persona por suicidio.-
e) Realizar cursos de Capacitación y entrenamiento a profesionales de la salud en diagnostico precoz, contención, y ayuda a al suicida y su entorno familiar.-
f) Elaborar un plan de acción donde se integren los esfuerzos del Gobierno Provincial, Municipal, sector privado y de aquellas entidades sin fines de lucro que atiendan este problema objeto de la Ley.-
g) Crear y difundir un registro de profesionales e instituciones publicas y privadas que brinden atención y contención a toda persona en riesgo de suicidio.-
h) Crear un cuerpo interdisciplinario de profesionales para responder en situaciones de emergencia donde exista riesgo de suicidio o intentos de quitarse la vida, vinculado a una línea telefónica gratuita.-
i) Creará una base de datos que contenga información estadística de cantidad de intentos de suicidios cometidos, causa de los mismos, edad, sexo evolución mensual, modalidad utilizada y todo otro dato de interés a los fines del mejoramiento de la información estadísticas provincial la que será proporcionada por los sectores dedicados a la problemática del suicidio publico y privado.-
CUARTA.- DE LAS OBLIGACIONES DE LAS INSTITUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE SANTA MARIA.-
a) El CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 2, cederá en carácter gratuito, un espacio físico en horarios y días a convenir con las redes locales, para la realización de reuniones y actividades de capacitación, desarrollo de los distintos programas. Designa como nexo de relaciones interinstitucionales al Instructor Joel Efraín Lagoria, en lo referente a la Promoción por la Vida.-
b) El Poder Ejecutivo Municipal, se compromete gestionar la creación dentro del organigrama Municipal de un área que se encargue de ejecutar acciones acordadas con la RED, ENTIDADES PUBLICAS PROVINCIALES, NACIONALES E INTERINSTITUCIONALES, a los fines de aunar esfuerzos técnicos para el cumplimiento del Plan de Acción Local.-
b) LAS AUTORIDADES POLICIALES, colaboraran en la implementación de un Plan de Acción en la Urgencia, que permitirá, acceder a información fidedigna entre la RED, EL HOSPITAL, LOS BOMBEROS, LAS AUTORIDADES JUDICIALES, actores iniciales del mencionado Plan con el objeto de poder organizar la contingencia de prevención, acción en la urgencia y/o acciones de la posvención, para prevenir o disminuir el impacto de la problemática en los afectados directos e indirectos del Departamento de Santa María. Asimismo propiciará la formación continua de su personal en temáticas vinculadas a las problemáticas sociales y de intervención social, colaborarán con la creación de un registro de casos, conjuntamente con el resto de los miembros que integran el Plan de Acción en la Urgencia.
c) Los Bomberos Voluntarios, las Autoridades: Policiales y Judiciales, y Educativas colaborarán con la implementación del Plan de Acción en la Urgencia y la conformación del Registro de Casos, a los únicos fines estadísticos.
d)- Las autoridades Educativas Provinciales y Municipales propiciaran la organización de eventos de capacitación como Foros y Seminarios, Congresos, vinculados a la temáticas que nos ocupa el presente acuerdo, a los fines de garantizar la formación continua del personal docente en temáticas vinculadas a las problemáticas sociales, avalará las acciones de la RED, a través de la participación de profesionales en el diseño de las actividades, también propiciaran acciones formativas para el personal de la salud y de la docencia a los fines de brindar herramientas básicas para la prevención, la formación continua del personal docentes de todos los niveles educativos a los fines de brindar herramientas de contención y prevención en los establecimientos educativos, como también impulsara acciones articuladas a los fines de organizar eventos, seminarios y congresos vinculados a las temáticas de prevención, capacitación, orientación y promoción humana.
e) El Nodo de Supervisión Nº 5, se compromete a generar acciones conjuntas con la RED, a los fines de fomentar instancias de capacitación continua y permanente en los docentes de todas las instituciones de medio como estrategias de formación y contención para grupos de alumnos que lo requieran.
QUINTA.- DE LA EJECUCIÓN Y COORDINACIÓN
Para efectos de coordinación, evaluación y monitoreo, motivo del presente convenio, las partes acuerdan nombrar como representantes a los siguientes:
Por el Gobierno MUNICIPAL: Intendente de la Municipalidad de Santa Maria, Prof. Jorge Rubén Andersch.
Por las Instituciones Locales: Obispo Monseñor Mariano Moreno
Por la RED: Hna. María Soledad del Rio.
SEXTA.- DE LA VIGENCIA
La presente Acta Acuerdo, tiene una vigencia de dos (02) años, computados a partir de la fecha de su suscripción, cuyo plazo podrá ser renovado de común acuerdo de las partes.
SEPTIMA.- DE LAS MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES
De común acuerdo las partes podrán modificar o ampliar los términos de la presente Acta Acuerdo, mediante la suscripción de Agendas, en función de las cuales se coordinarán las acciones que correspondan para el cumplimiento de los objetivos y compromisos de las partes.
OCTAVA.- DE LA EVALUACIÓN
Las partes evaluarán trimestralmente los compromisos asumidos en el marco de la presente Acta Acuerdo y emitirán las observaciones, recomendaciones y las medidas correctivas correspondientes.
NOVENA.- DE LA RESOLUCIÓN
La presente Acta Acuerdo podrá ser resuelta:
a) Por acuerdo de las partes;
b) Por decisión de una de las partes, a cuyo efecto lo comunicará a la otra parte mediante carta simple, con una anticipación no menor de 15 días.
c) En caso que se incumplan las obligaciones establecidas en la presente Acta Acuerdo.
DECIMA.- DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Todas las controversias que pudieran suscitarse por las partes con motivo de la interpretación, ejecución y/o aplicación de la presente Acta Acuerdo, serán directamente resueltas por las partes en un plazo de diez (10) días calendario, mediante trato directo. Estando conforme en todas y cada una de las cláusulas que anteceden, se procede a la firma del presente Acuerdo en tantos ejemplares como partes lo firmen a los diecinueve días del mes Abril del dos mil once (2011).-