El Ministerio de Servicios Públicos y el Centro de Ingenieros de Catamarca suscribieron un convenio de Asistencia Técnica “que viene a romper un esquema del cual estábamos excluidos”, como admitió el titular del nucleamiento de profesionales, , Ing. Walter Edgardo Herrera, comprometiéndose “a contribuir a la toma de decisiones políticas con el respaldo de personal idóneo, con incumbencias y títulos específicos sobre los diferentes emprendimientos a ejecutar”.
La rúbrica del acuerdo estuvo a cargo del ministro de Servicios Públicos, Ing. Julio Molina, y el presidente del Centro de Ingenieros de Catamarca, Ing. Herrera, en la sede ministerial del CAPE.
Al respecto, el Ing. Herrera destacó que “es muy importante la participación que nos da el gobierno de la provincia, a través del Ministerio de Servicios Públicos, para la ejecución de distintos aspectos de las obras públicas, sobre todo en lo que tiene que ver con los estudios, proyectos y dirección técnica, habida cuenta de que nuestra entidad nuclea distintas disciplinas de la ingeniería; tanto la civil que es la más generalizada, y dentro de ella las diferentes especialidades que van surgiendo”. “Igualmente, dentro de las obras eléctricas –continuó- donde está comprometida la participación de los ingenieros electrónicos o electromecánicos, como también en las telecomunicaciones que también requieren de la participación de ingenieros matriculados en nuestro centro y tienen el principal desarrollo de sus actividades en Catamarca”.
Herrera, puntualizó que “esto es muy importante, porque nuestros profesionales conocen desde mucho tiempo atrás la historia y el proceso de muchos de los aspectos tanto de la provincia como de la Capital”, destacando que “con este tipo de convenios se jerarquiza la actividad profesional, por el hecho de que estos organismos del Estado puedan acudir a organizaciones no gubernamentales como la nuestra, que cuentan con un soporte técnico, para brindar un respaldo competente y así afrontar distintas obras dentro de los objetivos políticos que se desarrollan en el tiempo”.
Seguidamente reconoció “esta actitud del ministro Julio Molina, porque viene a romper con un esquema en el cual, como Centro de Ingenieros de Catamarca, estábamos excluidos de la ejecución de la obras. Muchas veces tomábamos conocimiento por la prensa sobre la realización de distintas obras, y no teníamos participación en el momento en que se gestaban los proyectos”, describió.
“Por eso es importante que en la medida que se haga una planificación, de corto, mediano y largo plazo –concluyó Herrera-, se acuda a instituciones representativas de profesionales que bien pueden contribuir a la toma de decisiones políticas con el respaldo de personal idóneo, con incumbencias y títulos específicos sobre los diferentes emprendimientos a ejecutar. De esa manera se van fortaleciendo los recursos humanos en todas las disciplinas, porque en momento que se presenta la oportunidad de encarar obras, aun cuando no existan antecedentes, servirán para formar y foguear a nuevos profesionales que con el tiempo también van a permitir mejorar su perfil para la realización de los trabajos”.
Del ministro Molina
Por su parte, el ministro Molina, tras señalar que “haber refrendado este convenio de Asistencia Técnica con el Centro de Ingenieros de Catamarca es un hecho auspicioso”, expresó que con el mismo “se trata de reivindicar y poner en su verdadera dimensión la capacidad de los hombres que ejercen esta profesión en nuestra provincia”.
El funcionario tuvo en cuenta que “ciertos antecedentes no muy lejanos mostraron un camino opuesto a la posición que hoy asumimos, subestimando permanentemente a los ingenieros catamarqueños, a quienes en los mejores casos descalificaban por falta de experiencia”.
Al respecto Molina, comentó que “la experiencia, como lo señala el gran filósofo y matemático alemán (Got tfried Wilhelm) Leibniz, no consiste en las cosas que uno ha visto, sino en las cosas sobre las que se ha reflexionado con algún fruto”, remarcando que “los ingenieros de Catamarca tienen la experiencia necesaria para colaborar y asistir al Ministerio de Servicios Públicos en ciertos y diversos temas de su competencia”.
CONVENIO MARCO DE ASISTENCIA TECNICO PROFESIONAL
Entre el MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS, representado en este acto por el Sr. Ministro, ING. CIVIL JULIO CESAR MOLINA, D.N.I. N° 11.682.970, en adelante EL MINISTERIO, por una parte, y por la otra el CENTRO DE INGENIEROS DE CATAMARCA, representado en este acto por su Presidente, ING. ELECTRICISTA ELECTRÓNICO WALTER EDGARDO HERRERA, D.N.I. N° 14.324.558 en adelante EL CENTRO, acuerdan en celebrar el presente Convenio que se regirá por las siguientes Cláusulas:
PRIMERA: El objeto del presente Convenio es la prestación de Asistencia Técnica, Ejecución de Estudios, Proyectos e Inspecciones de Obras, Valuaciones y/o Presupuestos de Obras; Asesoramientos, Controles, y Tareas de Investigación y Desarrollo en aspectos técnicos, como así también en actividades de formación, capacitación y perfeccionamiento de recursos humanos, por parte de EL CENTRO a EL MINISTERIO.
SEGUNDA: A los efectos de programar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente Convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por un (1) miembro titular y un (1) miembro alterno por cada una de ellas.
Dicha Unidad deberá estar constituida dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la firma del presente Convenio. Los miembros de las partes no recibirán remuneración alguna por su tarea en la Unidad.
TERCERA: En base al Programa de Actividades requerido por EL MINISTERIO, la Unidad de Coordinación tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a) Proponer los perfiles profesionales y técnicos para cumplirlas; b) Proponer el Presupuesto correspondiente; c) Elevar a las partes un informe sobre las actividades cumplidas y las erogaciones realizadas como consecuencia de este Convenio; d) Supervisar el funcionamiento del Programa.
CUARTA: Los fondos necesarios para el desarrollo del Programa serán aportados por EL MINISTERIO, Reparticiones Autárquicas o Sociedades con participación Estatal Mayoritaria, dependientes del mismo, quienes serán responsables de los contratos particulares a celebrar con EL CENTRO.
QUINTA: Las tareas a que dará lugar el Programa de Actividades serán instrumentadas en planes de trabajo, en los que se determinarán los detalles de su ejecución, recursos necesarios para cumplir con las finalidades expuestas en éstos, así como la responsabilidad que le corresponde a cada una de las partes intervinientes y un cronograma para control de gestión. Los planes de trabajo deberán ser aprobados por EL MINISTERIO, en forma previa a su ejecución, estando facultado para la aprobación de los mismos, el organismo técnico competente dependiente de EL MINISTERIO.
SEXTA: Los planes de trabajo que se aprueben para el presente Convenio serán informados periódicamente a cada una de las partes y los resultados alcanzados serán propiedad común y podrán ser publicados en forma total o parcial de común acuerdo.
SEPTIMA: En toda circunstancia o hecho que tenga relación con este Convenio, las partes mantendrán la individualidad y autonomía de sus propias estructuras técnicas y administrativas, asumiendo, por lo tanto, las responsabilidades correspondientes.
OCTAVA: Este Convenio se celebra por el término de un (1) año a partir de la firma, pero se considera automáticamente prorrogado por igual período, si ninguna de las partes expresa su voluntad contraria, con una anticipación no menor de dos (2) meses con relación a la fecha de vencimiento. No obstante ello, cualquiera de las partes podrá denunciarlo unilateralmente sin expresión de causa, mediante previo escrito a la otra parte, efectuado con una anticipación de un (1) mes. La denuncia no dará derecho a las partes a indemnización de cualquier naturaleza. Los trabajos en ejecución al producir efectos la denuncia, serán finalizados dentro del período anual en que la misma fuera formulada o dentro de los límites permitidos por el aporte financiero realizado.
NOVENA: Las Partes, renuncian al Fuero Federal y se someten a los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Catamarca.
En prueba y conformidad, se suscriben TRES (3) ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los VEINTE (20) días del mes de MARZO de DOS MIL DOCE (2012).