Mediante el Decreto Acuerdo Nº 755, se dispuso un adicional por responsabilidad en el cargo de carácter no remunerativo y no bonificable para las autoridades superiores y funcionarios fuera de nivel, retroactivo al 1 de mayo y con éste se fija una nueva suma para el Tope Salarial fundado en el principio de que las remuneraciones deben contemplar la jerarquía en relación a la responsabilidad por las tareas que desempeñan.
En el mismo Decreto se dispone de un “aguinaldo” Cuota Anual Complementaria que se liquida en dos cuotas (junio y diciembre) alcanzando la mitad del adicional.
De esta manera se establecieron los siguientes montos:
* Gobernador $ 3.866;
* Vicegobernador $ 3.331;
* Ministros-Vocales ENRE $3.152;
* Secretarios, fiscal de Estado y asesor general de Gobierno $2.974;
* Subsecretarios, secretarios técnicos y privados, contador general, tesorero general, director de OSEP, gerente ENRE $ 2.795.
* Administrador, jefe de Policía $ 2.706.
* Gerente OSEP $ 2.671.
* Gerente OSEP $ 2.528.
* Subcontador, subtesorero, director provincial, gerentes $ 2.439.
* Directores de Repartición y Generales $ 2.260.
* Director asistente Área Programática $ 1.864.
En los considerandos se indica que en oportunidad de otorgar incrementos salariales al personal escalafonado, originó un marcado achatamiento en la escala de remuneración de los funcionarios y como consecuencia en la remuneración asignada al Tope Salarial vigente; lo que significó la inclusión en esta medida de un mayor número de agentes y funcionarios. De esta manera se otorga este adicional con la finalidad de adecuar la remuneración con el personal a su cargo.
Asimismo, indican que aquellos organismos con adicionales por tareas específicas perciben remuneraciones que generan diferencias e inequidades con las autoridades superiores y funcionarios fuera de nivel para idéntico nivel de responsabilidad en la función que detentan.