También derogar art. 27, 28, 29, 30 y 31 de la Ordenanza Nº 2510/92 "Código de Espectáculos Públicos”, que reglamentan la instalación y funcionamiento de Whiskerías y Cabarets en el ejido municipal
El secretario de Gobierno de la comuna, Hernán Martel, explicó que los argumentos se fundan enla Ley Nº 12.331 de profilaxis, que desde 1936 prohíbe en nuestro país el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución o se incite a ella. La norma establece sanciones para quienes "sostengan, administren o regenteen, ostensible o encubiertamente casas de tolerancia”.
El proyecto disponeque las habilitaciones de whiskerías o cabarets vigentes a la fecha caducarán automática y definitivamente transcurrido un mes desde la aprobación de la Ordenanza, y no se habilitarán más locales de cabarets, whiskerías u otros espacios que bajo cualquier forma o denominación de características similares permitan que sus propietarios y/o administradores obtengan un lucro, ganancia o comisión, por la explotación sexual o el ejercicio de la prostitución de terceros, hayan aquellos prestado o no su consentimiento para ello”.