miércoles, 14 de diciembre de 2016
09:44
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"Por razones de orden funcional resulta procedente la
prórroga de los Contratos de Empleo Público y de esta manera lograr el normal
funcionamiento de los organismos en los cuales cumple funciones el personal
contratado”, establece el Decreto Acuerdo N° 2251 en sus considerandos.
El instrumento legal añade que "los Contratos de Empleo
Público que se prorrogan obedecen a una real necesidad de servicio debidamente
justificada en las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación, Justicia,
Seguridad, Funciones Técnicas, Profesionales de las demás áreas y personal
obrero afectado a la ejecución de la obra pública”.