Piden creación del Colegio de Ciencia Política de Catamarca

De acuerdo al proyecto el Colegio se erigirá como entidad de derecho público no estatal, autárquica y dotada de personería jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
miércoles, 17 de octubre de 2018 16:23
miércoles, 17 de octubre de 2018 16:23

Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley tiene como finalidad la creación del Colegio de Ciencia Política de la provincia de Catamarca. La iniciativa parlamentaria fue presentada en forma conjunta por el presidente del cuerpo, Fernando Jalil, y los diputadosLuis Maria Lobo Vergara, Luis Alejandro Saadi y Sergio Saracho.

De acuerdo al proyecto el Colegio Profesional de Ciencia Política de la Provincia de Catamarca se erigirá como entidad de derecho público no estatal, autárquica y dotada de personería jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, según el carácter, derechos y obligaciones establecidas en la presente ley. 

El Colegio es el órgano representativo de los/as profesionales implicados/as, dentro del territorio de la provincia y tendrá a su cargo el gobierno de la matrícula respectiva, agrupando a los/as Licenciados/as, Especialistas, Magísteres y Doctores/as en Ciencia Política, para el ejercicio, defensa y promoción de la profesión.

Tendrá como objetivos promover el desarrollo de la Ciencia Política; ejercer la representación de la profesión, velando por la defensa de los intereses de los profesionales, asegurando la igualdad de derechos y deberes en el ejercicio profesional; proteger los derechos laborales de sus asociados/as; impulsar la cooperación científica y profesional entre los/as investigadores/as, docentes y especialistas en la materia; incentivar la formación continua y el perfeccionamiento profesional y docente; fomentar ante la Administración Pública y las entidades privadas la actividad profesional; procurar que los/as graduados/as disfruten en su ejercicio profesional de las libertades, las garantías y consideraciones que le son debidas; divulgar las actividades de sus miembros en la provincia, el país y en el extranjero; mantener relaciones con otras entidades afines.

Entre las funciones del mismo se destaca ejercer el gobierno de la matrícula; organizar un Padrón General de profesionales; aplicar la función disciplinaria en el orden profesional e interno conforme a la normativa dada para sí; elaborar y hacer cumplir en el marco de las leyes, las normas éticas relativas al ejercicio profesional; mantener contacto con universidades, públicas y privadas, para facilitar la formación continua e inserción laboral de futuros/as profesionales; etc.

Serán miembros del colegio, todos los profesionales inscriptos de acuerdo a lo que establece la presente ley. En tanto el Estatuto establecerá las condiciones de denegación, suspensión, cancelación y rehabilitación de la matrícula respectiva.

Las personas jurídicas, sean de carácter público o privado, que realicen actividades del ejercicio profesional deberán contar con el asesoramiento técnico de un/a profesional matriculado/a, sin perjuicio de las incumbencias compartidas con otros profesionales del ámbito de las Ciencias Sociales.

2
1
0%
Satisfacción
0%
Esperanza
0%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
0%
Indiferencia

Comentarios