Sanción definitiva a las modificaciones a la ley de trastornos del aprendizaje

La Ley a la que se asignó el N°5558 manifiesta modificaciones en el artículo 4° referido a beneficiarios, además de tres incorporaciones.
jueves, 18 de octubre de 2018 14:02
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Reunidos en su vigésima tercera sesión ordinaria, la Cámara de Senadores convirtió en Ley el proyecto remitido por Diputados respecto a la modificación de la normativa provincial N° 5455 por la que se crea el Programa de Detección temprana, prevención y asistencia de los trastornos del aprendizaje como la Dislexia, Disgrafía, Discalculía, Dispraxia, Apraxia del habla, Trastorno de procesamiento auditivo central, Trastornos del aprendizaje verbal, Déficit motor visual y Afasia.

“El presente proyecto tiene como finalidad la modificación de la legislación existente en lo referente a las Dificultades Especificas del Aprendizaje, dándole un nuevo enfoque a la misma conforme a los nuevos paradigmas existentes en las ciencias médicas” señaló el senador Omar Noriega al dar lectura a los fundamentos expuestos por la diputada Claudia Vera (MC), autora de la iniciativa.

La Ley a la que se asignó el N°5558 manifiesta modificaciones en el artículo 4° referido a beneficiarios, además de tres incorporaciones.

“Son beneficiarios de la presente Ley, los Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos que cursen sus estudios de educación inicial obligatoria, primaria, secundaria y superior no Universitaria, ya sea que concurran a instituciones públicas como privadas. Sera obligatorio el Programa de Detección Temprana, prevención y asistencia de los trastornos del aprendizaje para todo niño, niñas, adolescente y adultos en edad de escolarización y deberá acompañar la certificación correspondiente al ingreso del ciclo primario”, quedaría redactada la normativa.

Uno de los artículos que se incorpora establece que “corresponderá al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología la adaptación metodológica e incorporación curricular sobre los Trastornos Específicos del Aprendizaje. La misma será obligatorio a partir del año 2019 en todos los planes de estudios de las carreras de formación docentes que se dicten en los Institutos de Educación Superior, sean públicos o privados”.

Asimismo, estipula en tanto que: “el Ministerio de Salud como así las Obra Sociales que presten su servicio en la Provincia, deberán garantizar las prestaciones necesarias para la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de las Dificultades Especificas del Aprendizaje (DEA) (Trastorno del Aprendizaje) debiendo incluirlas en sus programas y planes de salud. El plan de tratamiento será acordado con los Colegios Profesionales teniendo en cuenta la especificidad de las prácticas, y asumiendo que existen diferentes miradas sobre esta condición”.

Por su parte, la Asociación de Padres de Niños con Dislexia encabezada por su presidente Fabián Ponce, celebraron la aprobación definitiva otorgada por la Cámara de Senadores, ya que “será una herramienta fundamental para evitar conflictos con los docentes en la escuela y contar con atención sanitaria en centros públicos”.

“Los maestros estarán capacitados y la atención en salud será la óptima, en una Ley completa y acorde a las necesidades de los chicos”, apuntaron la semana pasada desde la Asociación al reunirse con la Comisión de Instrucción Pública, Cultura, Arte y Tecnología del Senado.

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