La iniciativa de las diputadas Mónica Zalazar y Paola Fedeli señala que “la ingesta de sodio se encuentra asociada con diversas enfermedades No Transmisibles (ENT) como ser, la hipertensión arterial, cardiovasculares, cerebrovasculares y renales entre otras, las cuales constituyen la principal causa de morbimortalidad en todo el mundo”.
Según la normativa N°5566, el Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, conforme la incumbencia de cada una de las áreas involucradas, quien dictará las normas reglamentarias para su implementación y armonización con la Ley N° 5360 la cual obliga que en los establecimientos que ofrecen comida, sea habitual ofrecer platos preparados sin sal o bajo contenido en sodio.
“Las enfermedades No Transmisibles tienen cuatro principales factores de riesgo: la alimentación inadecuada, la inactividad física, el consumo de tabaco y el consumo nocivo de alcohol. Y en lo concerniente a la alimentación inadecuada, resulta prioritario reducir el consumo de sodio, como el incorporado en la elaboración de los alimentos procesados, como el adicionado por los consumidores al momento de la cocción y/o de forma previa a la ingesta de los mismos”, manifestó el senador Julio Maza al momento de fundamentar el proyecto.
Con respecto a la nueva Ley Nacional N° 26.905 de reducción del consumo de sodio, sancionada el 13 de Noviembre de 2013: se establece un plazo para que la industria de los alimentos elaborados reduzca el nivel de sal en sus productos; fija los valores máximos de sodio que deberán alcanzar los grupos alimentarios obliga a incluir etiquetas en los alimentos y en los menús gastronómicos para advertir de los peligros del consumo excesivo de sal; establece en acuerdo con las autoridades jurisdiccionales la obligatoriedad de los menús alternativos de comidas sin sal agregada en locales gastronómicos; propone la difusión y concientización sobre los riesgos del consumo excesivo de sal y promoción del consumo de alimentos con bajo contenido de sodio.