Elecciones: “No están vencidos los plazos para la convocatoria”

Después de la aprobación de la suspensión de las PASO, continuaban los planteos por parte de la oposición acerca de que están vencidos los plazos para la convocatoria.
lunes, 3 de diciembre de 2018 08:13
lunes, 3 de diciembre de 2018 08:13

Tras la aprobación, con modificaciones, para habilitar al Poder Ejecutivo Provincial a prescindir de la convocatoria a elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, para el caso de hacer uso de la cláusula constitucional de convocar a elecciones de autoridades provinciales para el mes de marzo de 2019 y luego de la ratificación del Senado que dio lugar a las modificaciones y que convirtió en Ley bajo el Nº 5582, continuaban los planteos por parte de la oposición acerca de que están vencidos los plazos para la convocatoria.

En ese sentido, el diputado Augusto Barros en declaraciones señaló: “Quedó claro en el debate parlamentario que no están vencidos los plazos de convocatoria en virtud de que, hay que hacer un poco de memoria de la historia de las PASO. Cuando fueron aprobadas las PASO allá por el año 2015, que estuvo un año esperando su tratamiento en la Cámara de Diputados, planteaba un lapso entre las PASO y las generales de 90 días esto significaba que era imposible, inviable en aquel momento la simultaneidad con las elecciones nacionales”.

“Esto lo establecía el artículo 15 de la Ley 5437, en atención a la necesidad de la simultaneidad la Ley 5437 fue parcialmente vetada por el Poder Ejecutivo y uno de los vetos hacía hincapié precisamente en el artículo 15 donde se manda una norma sustitutiva que era la que proponía 60 días de lapso entre las elecciones primarias y las elecciones generales”, argumentó.

En esa línea agregó:”Ese artículo, esa propuesta, esta norma sustitutiva y que es una facultad de la Legislatura aprobar o no aprobar, fue rechazada por la mayoría  en aquel momento. Es decir se aprobó el veto parcial que había propuesto el Ejecutivo pero se rechazó la norma sustitutiva, por lo tanto no hay norma que establezca un lapso entre la realización de las PASO y la realización de las elecciones generales”.

“Probablemente quienes hablan de los 120 días o que se ha incumplido con la convocatoria hayan leído el decreto del Poder Ejecutivo que está publicado como corresponde, donde establece cual es el veto que se ha propuesto y en la norma sustitutiva propuesta por el Ejecutivo del artículo 15, pero han omitido que en el Boletín Oficial no hay ninguna publicación donde esté una norma que establezca cuál es el plazo entre las PASO y las generales porque efectivamente no lo hubo”, apuntó.

Asimismo indicó que “de manera tal que el error estriba en haber interpretado que el proyecto del Poder Ejecutivo, el decreto donde promulga parcialmente las PASO, donde propone una norma sustitutiva efectivamente no está en ejecución. Por lo tanto en lo que tiene la obligatoriedad el Poder Ejecutivo es convocar con 60 días de antelación las PASO pero no hay un lapso entre las PASO y las generales por lo tanto la convocatoria está siendo vigente todavía”.

 

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