Promueven creación de un Registro de Costo Fiscal

Tomará estado parlamentario en la Cámara de Diputados, un proyecto de ley a través del cual se establece la creación de un Registro de Costo Fiscal. La iniciativa parlamentaria fue presentada por el legislador Ricardo Aredes.
martes, 25 de septiembre de 2018 15:41
martes, 25 de septiembre de 2018 15:41

El Registro de Costo Fiscal de los tributos provinciales funcionará dentro del ámbito de la Administración General de Rentas, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia.

La presente ley tiene la finalidad de contener información actualizada y completa para la elaboración y contenido del presupuesto de la Provincia, fijación de políticas en materia de promociones y exenciones tributarias y mejorar el control fiscal.

Se considera Costo Fiscal a los fines de la misma, el monto de ingresos tributarios que el fisco deja de percibir al otorgar un tratamiento impositivo que se aparta del establecido con carácter general en la legislación tributaria, con el objetivo de beneficiar a determinadas actividades, zonas, contribuyentes o consumos.

La Administración General de Rentas de la Provincia debe requerir a los contribuyentes de los tributos provinciales cuya recaudación le compete, toda información y documentación que resulte necesaria para el cumplimiento de la presente ley.

En el Registro de Costo Fiscal se deben inscribir los contribuyentes que gocen de exenciones, beneficios y tratamientos tributarios diferenciales que sean otorgados por la Provincia.

Los contribuyentes que incumplieren los requerimientos de información y documentación a que hace referencia el artículo 4 y 5 de la presente ley, serán pasibles de una multa de un mínimo de diez Unidades Tributarias (10 U.T) hasta un máximo diez mil Unidades Tributarias (10.000 UT).La Administración General de Rentas deberá cumplir las normas de procedimiento establecidos en la Ley 5.022 “Código Tributario” y sus modificatorias, para la aplicación de las multas por incumplimiento a los deberes formales.

Los fondos que ingresen en concepto de multas deben ser depositados en una cuenta especial en la jurisdicción de la Administración General de Rentas y serán destinados a la adquisición de bienes muebles de oficina y equipamiento informático.

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