En el TITULO III, Capítulo, Artículo 26, la Carta Orgánica Municipal estable que el Cuorum Legal, del Concejo Deliberante es "la mitad más uno". Ahora bien, cual es la mitad de 5 más 1?
En el año 2000, el Concejo Deliberante de Recreo, asumiendo la facultad que le es propia, mediante Ordenanza, Reglamentó el Artículo 26 de la COM, y acordaron los Concejales de esa época, que el COURUM Legal, sobre 5 Concejales, es de 3 Concejales.
La iniciativa en el año 2.000, la presentó el Bloque del Frente Civico y Social.
El Concejo Deliberante estaba presidido por Gelasio "Chacho" Vivas y el Proyecto de Ordenanza fue aprobado por los votos afirmativos de los Concejales Silvia Santander, Julio "Cacho" Carrizo, Aníbal Sosa y también votó por la afirmativa el Presidente Vivas, según el Acta correspondiente. El Concejal Fredi Albarracín se "abstuvo" de votar. Resultado: 4 votos afirmativos y 1 abstención, sobre un total de 5 Concejales.
La Aprobación de esa Ordenanza N°607/00, fue plasmada en el Reglamento Interno del Concejo del Concejo Deliberante de Recreo, según consta en Acta.
La Ordenanza del año 2 mil
La Ordenanza N°607/00, modificó adecuando los Artículos 21 y 143 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, en virtud que la Carta Orgánica Municipal de Recreo había disminuido el número de Concejales de 7 a 5, tal como funciona en la actualidad.