Los argumentos de Catamarca para recuperar el Fondo Federal Solidario

Desde que el llamado Fondo Sojero fuera derogado unilateralmente por el Estado nacional, Catamarca dejó de percibir aproximadamente 1300 millones de pesos.
miércoles, 24 de abril de 2019 14:36
miércoles, 24 de abril de 2019 14:36

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para los días 26 y 27 de junio a representantes del Estado nacional y de Catamarca a una audiencia de conciliación por la acción declarativa de inconstitucionalidad que iniciara la provincia tras la unilateral eliminación del Fondo Federal Solidario (FFS) a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

Cabe recordar que en septiembre de 2018, por instrucciones de la gobernadora Lucía Corpacci, Catamarca inició dicho planteo ante el Máximo Tribunal de Justicia de la Nación pidiendo que se deje sin efecto el DNU 756/2018, que derogó el llamado Fondo Sojero, creado por el decreto 206/2009 y que ingresó como derecho intrafederal a las provincias con la firma del Pacto Fiscal.

El Asesor General de Gobierno, Pablo Gallardo, recordó que Catamarca fue la primera provincia que introdujo una acción de inconstitucionalidad, al tiempo que destacó que a partir del dictamen de la Procuración en la que le indica a la Corte Suprema que el tema es de su competencia “tenemos esperanza de que podamos recuperar el FFS que fue detraído arbitrariamente a la provincia por parte de la Nación”.

“Estamos en una instancia que no es definitoria, pero si importante”, consideró el funcionario. En ese sentido, estimó que desde que fuera derogado, la provincia dejó de percibir casi 1300 millones de pesos, partidas que eran coparticipadas a los municipios y que tenían como afectación especifica obras de mejora de infraestructura sanitaria, hospitalaria, de vivienda y vial.

“Esto es una demostración más de que la gobernadora siempre lucha por defender los intereses de la provincia y de todos los catamarqueños”, valoró Gallardo.

En cuanto a la próxima audiencia, el Asesor General explicó que pueden darse distintos escenarios: que el Estado nacional reconozca que Catamarca tiene razón, entonces tendrá que devolver los fondos que no remitió; otra hipótesis es que Nación realice una oferta, donde la provincia evaluaría jurídica y técnicamente si la propuesta conviene a sus intereses; o que no haya conciliación y el procedimiento continúe hasta que haya una sentencia definitiva o las partes arriben a algún acuerdo más adelante.

“Lo que reclamamos es que la derogación arbitraria del Fondo Federal Solidario produjo un impacto a la provincia. Pretendemos que se deje sin efecto su extinción, cobrar lo que Nación no remitió hasta ahora y continuar percibiendo el Fondo Solidario”, indicó Gallardo sobre la batalla jurídica que lleva adelante el gobierno provincial con el objetivo de recuperar recursos de los catamarqueños.

Argumentos

La provincia de Catamarca promovió la acción declarativa de inconstitucionalidad del DNU 756/18, por considerar que no observa lo dispuesto por la Constitución Nacional en cuanto a los requisitos para dictar dicho instrumento legal.

Asimismo, considera que viola principios jurídicos básicos en materia de federalismo que tutelan las relaciones de las provincias entre sí y entre éstas y el Estado nacional, al atacar el derecho intrafederal, violando el Pacto Fiscal de manera arbitraria, unilateral.

Cuestiona que al derogar el DNU 206/09 que había creado el FFS, Nación desconoce el carácter de ley convenio y la jerarquía constitucional que tiene la ley 23.548 de coparticipación y la naturaleza intrafederal que posee el "Convenio de Consenso Fiscal" ratificado por la ley nacional 27.429 y la provincial 5.532.

En ese orden, Catamarca sostiene que el decreto 756/18 no acredita los extremos de las circunstancias excepcionales que hacían imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes. Además, que no reúne los requisitos esenciales del acto administrativo a los que se refieren los arts. 7° y 8° de la ley nacional de procedimientos administrativos. 

En su planteó la Provincia también solicitó que se dicte una medida cautelar por la cual, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa, se ordene al Estado nacional que continúe transfiriendo los fondos correspondientes al Fondo Federal Solidario.

Convocatoria

Al convocar a la audiencia, la Corte Suprema señaló que comparte los argumentos y la conclusión de los dictámenes emitidos por la señora Procuradora Fiscal en la causa "Catamarca, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, por lo que declara que corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En ese orden, resuelve convocar al Estado Nacional y a las Provincias de Catamarca, Chubut, Formosa, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (que también iniciaron acciones ante el Máximo Tribunal) a una audiencia de conciliación que se realizará en la sede de la Corte los días 26 y 27 de junio de 2019, a las 11 horas.

 

 

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