Prohíben el ingreso a no residentes al departamento Santa María

El intendente de Santa María, Juan Pablo Sánchez, decretó la prohibición de ingreso a toda persona que no resida en esa ciudad con motivo de prevención del coronavirus.
miércoles, 18 de marzo de 2020 18:42
miércoles, 18 de marzo de 2020 18:42

El intendente Juan Pablo Sánchez se reunió con las fuerzas de seguridad local y decretó que, a partir de las 16 horas, se cerrarán los ingresos del departamento Santa María, con la modalidad de que sólo podrá ingresar toda persona cuyo domicilio en su DNI sea Santa María, y quienes residan en otras provincias, pero con domicilio en el departamento, también podrán ingresar. Proveedores ingresarán a los fines de cumplir con el abastecimiento de productos, pero con permanencia restringida.

De manera obligatoria, a toda persona que haya estado en el exterior o en las provincias con casos confirmados y que regresen a nuestra ciudad, deben realizar la cuarentena con control de sintomatología por parte de sanidad y rondas policiales para su cumplimiento.

Además, solicitó al Concejo Deliberante, a través de una ordenanza, establecer las siguientes medidas:

◦ Declarar la Emergencia Sanitaria en el Municipio de Santa María por el término de 15 días debido a la Pandemia Coronavirus Covid -19.

◦ Suspender temporalmente el ingreso de turistas extranjeros y nacionales al Municipio de Santa María en todo medio de transporte (colectivos, taxis, remises, traffics y vehículos particulares) por prevención ante la situación de Pandemia COVID-19.

◦ Los residentes de Santa María, quienes se hayan ausentado del Municipio en los últimos días, al momento de ingresar al Departamento de Santa María deberán corroborar su domicilio mediante la presentación de Documento Nacional de Identidad e informar si realizaron algún viaje al exterior o zonas con circulación de Virus COVID-19 y deberán permanecer en cuarentena obligatoriamente.

◦ Dar cumplimiento a las medidas establecidas por el Comité Operativo de Emergencia, según el decreto 088/20. Estableciendo dos puestos de control, coordinado con Personal Sanitario y Fuerzas de Seguridad: Policía de la Provincia, Pro secretaria de Transito, Seguridad y Transporte Municipal y Gendarmería Nacional en las siguientes ubicaciones: Acceso Norte: Ruta Prov. Nº17 y Acceso Ruta Nacional Nº40

◦ Los controles de Acceso a la Ciudad de Santa María estarán a cargo de Personal Sanitario y las Fuerzas de Seguridad de la Provincia, Gendarmería Nacional y personal de la Pro Secretaria de Tránsito, Seguridad y Transporte del Municipio de Santa María, quienes en el caso de verificar personas con sintomatología de Coronavirus solicitarán el traslado de personal del Hospital de Santa María para la atención del paciente para que, en el caso que resultare sospechoso de infección de COVID-19, poner en marcha el Protocolo de Asistencia sanitaria para este caso.

◦ Solicitar al COE en conjunto con las Autoridades Sanitarias, disponer de un establecimiento adecuado y acondicionado para aislamiento preventivo obligatorio en el caso de sospecha de COVID-19 en el Hospital Regional Luis Alberto Vargas.

◦ Solicitar a toda la comunidad en general brinde la mayor colaboración posible a fin de hacer efectiva todas las medidas de prevención y recomendaciones dispuestas por el Ministerio de Salud de la Nación, ante la amenaza que esta pandemia representa. Ante el incumplimiento de estas medidas adoptadas, la fuerza de seguridad tendrá la facultad de proceder a la aprehensión de las personas que incurren en estas faltas.

◦ Ordena de acuerdo al Art.Nº 18 DNU 260/2020, la Atención reducida en los establecimientos Hoteleros y Gastronómicos, (estos últimos con la opción de distribución de sus productos bajo el sistema de delivery y modalidad “para llevar”). Se dispone el cierre de centros de entretenimientos, cultos religiosos, deportivos (canchas de futbol cinco y gimnasios), entre otros. El Órgano de Aplicación estará a cargo de la Dirección de Bromatología en coordinación con la Policía de la Provincia de Catamarca.

◦ Permitir el ingreso a proveedores de bienes básicos (lácteos, carnes, frutas, verduras, comestibles en general, artículos de limpieza, gas envasado, y medicamentos) con las certificaciones correspondientes y cumpliendo con el protocolo de higiene. Permanecer y distribuir sus productos en el plazo de 36 Hs. El órgano de Aplicación será la Secretaría de Bromatología, la prosecretaria de Tránsito, Seguridad y Transporte y la Policía de la Provincia. En caso de incumplimiento de la presente se procederá al cobro de multas que establece la autoridad de aplicación y a la retención de la mercadería.

◦ Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal junto al COE que realice las gestiones correspondientes ante las entidades bancarias para dar cumplimiento con las disposiciones del DNU 260/2020, garantizando el servicio en forma eficiente y eficaz a modo de evitar el conglomerado de personas en los ingresos a las instituciones para mitigar el impacto sanitario de la pandemia.

◦ Todas las medidas adoptadas en los artículos precedentes tendrán vigencia a partir de aprobada la presente ordenanza y hasta el 31 de marzo del corriente año y podrá ser modificada de acuerdo a disposiciones nacionales y provinciales.

Esta tarde, una vez que se apruebe este instrumento en el Honorable Concejo Deliberante, se dará inicio a los controles.

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