El caso se centra en una supuesta maniobra de discriminación por parte del Ejecutivo Municipal sobre dos vecinas, una de apellido Varela y otra de apellido Ríos, quienes manifestaron haber sido contratadas por el ex presidente del Concejo Deliberante, Hugo Savio, y que supuestamente prestaron servicios por un periodo de tiempo sin percibir los haberes correspondientes.
Prieto explicó que “desde intendencia se solicitó el informe sobre la situación de las presuntas damnificadas que desde su contratación estaban fuera de toda normativa, ya que el ex presidente del Concejo Deliberante no puede nombrar personal alguno, según lo establece la reglamentación vigente en el departamento”.
A su vez, agregó: “otra de las irregularidades advertidas en esta instancia es que las denunciantes presentaron planillas de asistencia en la que constaban que concurrieron a trabajar durante todo el año 2020 y 2021, incluso los días en que la institución permaneció cerrada como consecuencia de la pandemia de COVID y dichas vecinas tendrían que haber guardado riguroso aislamiento, como el resto de la sociedad. Esto deja en evidencia la falsedad de dichas planillas”.
El fallo judicial sostiene que no hubo arbitrariedad por parte del municipio ni lesión a ningún derecho, ya que el vínculo jurídico nunca existió, estableciendo que la Municipalidad de Paclín siempre actuó sujeta a la reglamentación vigente.
“Con el fallo de la Corte a favor del municipio, queda en claro que las denunciantes quisieron perjudicar económicamente al municipio de Paclín”, cerró el abogado.