En la Cámara de Diputados de la Nación se comenzaron a revisar los contenidos de la denominada “Ley Bases”, que impulsa el presidente Javier Milei, incorporados o restados en su paso por el Senado, que en los capítulos de “modernización y/o reforma laboral” no tuvieron demasiadas variantes, ya que se mantienen orientados a la cada vez más angustiante precarización del trabajo, sea público y/o privado.
La clave sigue siendo, perversamente, la de profundizar la incertidumbre, la inseguridad y la desprotección maliciosa de los trabajadores, cualquiera sea el desempeño de sus actividades.
Lo puntual, es que la generalidad de los artículos que la “ley Bases” promueve incorporar a las relaciones del trabajo responden a demandas históricas del gran sector empresario, y, por consiguiente, en desmedro de la mayor parte de las conquistas laborales.
Específicamente en materia laboral, se contempla la tercerización e inestabilidad en el empleo, la flexibilización y nuevas formas de contratación, fondos de cese laboral -en vez de indemnizaciones- como facilitadores de despidos; el aumento del trabajo no registrado sin castigos, ni penalizaciones, y la habilitación de despidos discriminatorios, entre las principales propuestas impulsadas.
En este sentido, la llamada “ley Bases” no plantea nada esencialmente novedoso, pero avanza en la formalización de una tendencia que lleva décadas y que a principios de los años 2000 ya se analizaba como la deslaborización de las relaciones de trabajo. Deslaborización refiere a la negación -fraudulenta- de la existencia de una relación laboral, que tiende a quitar responsabilidad a los empleadores.
Sobre la tercerización laboral (artículos 82, 87 y 89), la nueva ley elimina la responsabilidad solidaria de la empresa beneficiaria del valor generado por la fuerza de trabajo tercerizada. Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral aunque hayan sido contratados a fin de proporcionar tareas a terceras empresas.
Además, no podrán exigir al empleador principal solidario que retenga a las contratistas lo que se les deba tanto de remuneraciones como aportes a la seguridad social. Las empresas ya no tendrán obligación de controlar que sus contratistas cumplan con sus deberes como empleadoras.
La extensión del periodo de prueba (artículo 88) a seis meses para todos los contratos por tiempo indeterminado, configura un auténtico “negreo”, con el agregado de autorizar que, por medio de convenciones colectivas, se ampliará el período de prueba hasta ocho meses y un año.
Y entre los colmos de sus despropósitos, la declamada “modernización laboral habilita los despidos discriminatorios (artículo 91) por motivos gremiales, de género, económicos, etc.
Desaparecerán las indemnizaciones actualmente normadas por una amplia legislación en la materia, para dar lugar al llamado “fondo de cese laboral” (artículo 92), que sustituirá el actual régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuya conformación y normativa regulatoria quedan relegadas a lo que disponga el Poder Ejecutivo Nacional. Y por el cual, el mismo trabajador deberá aportar – durante su período de empleo- para pagarse su propio cese laboral.
El empleador no sólo no recibirá ninguna sanción al despedir, sino que puede optar por contratar un sistema privado de capitalización a fin de solventar los gastos que devengan de la indemnización o la suma que libremente se pacte entre las partes en un acto de desvinculación por mutuo acuerdo. Es decir, bajo el formato de “retiros voluntarios” podrán encubrirse despidos sin causa.
Se habilita el fraude Laboral (artículo 93), a partir de formas de contratación “independiente” que encubren la existencia de relación laboral. Un trabajador independiente podrá contar con hasta cinco colaboradores por fuera de toda normativa protectoria, relegando las condiciones de trabajo y contratación a un decreto del Ejecutivo que se desconoce. Esto habilita a que estos grupos de trabajadores, responsables de sus condiciones de trabajo, herramientas, seguridad social, jornada de trabajo, etc., brinden servicios a empresas o entidades públicas a través de contratos “comerciales” entre empresas. No sólo hay una transferencia de responsabilidad hacia los individuos, sino que se anula la posibilidad de sindicalización y defensa colectiva de los derechos.
También se propicia la derogación de la totalidad de penalizaciones e indemnizaciones por trabajo no registrado o deficientemente registrado (artículos 97 y 98), estimulando la no registración –total no hay castigo-, así como el despido de trabajadores no registrados que actualmente significan, aproximadamente, un 40% del empleo en nuestro país.
Se establecerá, además, el pase automático a disponibilidad de empleados del sector público (artículos 52 a 63) por un plazo máximo de 12 meses de las personas trabajadoras de planta permanente cuyos cargos hayan sido suprimidos por medidas de reestructuración, lo que exime al Estado de la obligación de encontrar una reubicación del puesto. Asimismo, promueve que estos trabajadores, para continuar recibiendo sus remuneraciones, desarrollen tareas en servicios tercerizados del Estado.
Un decálogo de perversidades, para decirnos que esta es la “modernización laboral” en la Argentina. Una verdadera vergüenza, que persigue la no sindicalización de los trabajadores, dejándolos en el más absoluto desamparo. Eso es lo que aspiran aprobar, por estas horas, los diputados libertarios, junto a sus “socios”, empeñados en satisfacer los perversos e interesados caprichos del presidente Milei, en favor de los grupos concentrados de poder, sometiendo, cada vez más, a los trabajadores y a los más humildes de toda la Argentina.
Gladys Moro, diputada provincial, delegada regional de la CGT y secretaria general de APUNCa.