Derivaciones judiciales por los lingotes de oro de YMAD

En el marco de la causa CFP 18.368/2016/6/CA1 se investiga el delito de administración fraudulenta con respecto a los fondos de la empresa Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio.

ECONOMIA

Dicha empresa cuenta con participación estatal, y en su momento se encontraba sometida al entonces Ministro de Planificación Federal Julio De Vido, actualmente procesado y embargado por el Juez Daniel Ercolini, por el delito de asociación ilícita y administración fraudulenta agravada en grado de partícipe necesario.

Siguiendo las investigaciones realizadas en la Oficina Anticorrupción e impulsadas por Gerardo Pollicita (fiscal del caso), los imputados poseían los cargos más altos de la empresa mencionada. En efecto, existen evidentes indicios de haber cometido el delito de administración fraudulenta con relación a los fondos de esa sociedad que estaban bajo la dirección de los imputados. Debido a que la firma de dicha sociedad tiene participación estatal, la Presidencia de la Nación es quien, durante la época de los hechos, se reservó la facultad de designar autoridades en la órbita del Ministerio de Planificación, y la misma es quien dispuso poner a cargo de ello a Julio De Vido.

Por ello, el juez Sebastián Ramos dispuso la inhibición general de bienes con relación a los imputados Manuel César Benítez, Adrián Leonardo Posada, Juan Martín Etcheverry e Irene Castro, con el objeto de impedir cualquier clase de maniobra extraña en la que intervengan los bienes que posee cada imputado, y evitar de esta forma el entorpecimiento de la investigación de la causa.

Las defensas de las partes apelaron dicha resolución, y éste viernes 8 de septiembre, la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martin Iruzun y Eduardo G. Farah, resolvió confirmar las resoluciones deducidas acerca de la inhibición general de bienes en la causa contra los directivos de la empresa interestatal Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio. Todo esto tomo mayor connotación cuando se logró afirmar que, mediante los informes de auditoría interna y forense efectuados en el Ministerio de Planificación entre los años 2012 a 2016, se había incrementado notoriamente la cantidad de lingotes de oro producida y vendida por la empresa, sin que existan medios o razones que puedan justificarlo.

Además, se probó que las transacciones derivadas de la venta de lingotes de oro fueron llevadas a cabo mediante procesos de licitación privada. A través de estas licitaciones se adjudicó el 80% de los lingotes de las ventas a un grupo determinado de diez sociedades vinculadas entre sí, cuyo objeto social no tenía relación con el rubro, y varias de estas sociedades poseían estrecha vinculación con empresas ligadas a los hijos de Lázaro Báez.

Por otro lado, se dejaron ver irregularidades en los procedimientos de adjudicación de los proveedores de cianuro de sodio (insumo indispensable en la industria minera), por no respetar lo preestablecido en las políticas de compra, pagando así sobreprecios groseramente exagerados.

Por último, es importante destacar que algunos de los imputados, al tomar conocimiento sobre los allanamientos que fueron realizados en sus cajas de seguridad (de las cuales secuestraron millones de dólares, gran cantidad de euros y pesos argentinos, y lingotes que se presumen de oro, entre otros bienes), decidieron retirar sus bienes guardados en otras cajas de su titularidad, para evitar que éstos también les sean incautados.

Hugo Lopez Carribero

Director del Instituto de Derecho Penal Colegio de Abogados La Matanza  

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