Horarios para comercios y locales gastronómicos
El ministerio de Industria, Comercio y Empleo rectificó la resolución que establecía los horarios de atención en distintas actividades.
INFORMACION-GENERAL
Según se resolvió, el comercio podrá a funcionar con atención al público de lunes a sábados en el horario de 10:00 a 19:00 horas.
Los locales gastronómicos y afines podrán funcionar con un aforo del treinta por ciento (30%) de su capacidad en locales o espacios cerrados, todos los días en el horario de 08:00 a 21.30 horas.
El resto de las actividades y servicios exceptuados e incorporados por el artículo 1º del presente instrumento legal, podrán funcionar en el horario de 06.00 a 20:00 horas.