Páez medita en qué gastar las regalías, ¿y la ley?

Andalgalá © Según la opinión de los que saben, el dinero genuino del municipio de Andalgalá, que incluye al tributo de la gente y la coparticipación, no serían suficientes como para que se ostenten los gastos que se ostentan, si no fuera por el auxilio del Fondo de Regalías Mineras.

POLITICA

Cientos de contratados, becados y precarizados pagados por este dinero, variedad de gastos suntuarios, y obritas por aquí y por allá (las obras grandes están altamente sospechadas), hacen pensar que el fondo minero no se estaría utilizando de acuerdo a lo que ordena la Ley N° 5128, que en algunas de sus partes  establece:

"ARTÍCULO 5.- Los recursos especificados y distribuidos conforme a los artículos 1, 2 inciso b), 4 y 7 de la presente ley ingresarán automáticamente en una cuenta especial a la orden y bajo la administración del municipio respectivo y se aplicarán única y exclusivamente a financiar obras de infraestructura para el desarrollo económico y capacitación para actividades productivas. Se prohíbe a los municipios financiar con ellos gastos corrientes, otorgar créditos o garantizar los mismos, siendo responsables y pasibles de las sanciones administrativas, civiles y penales correspondientes los funcionarios que autoricen o consientan la violación de tal prohibición. El Tribunal de Cuentas de la Provincia realizará una auditoria anual para controlar el cumplimiento de la disposición y prohibición precedentes. En caso de incumplimiento comprobado, el Poder Ejecutivo suspenderá de inmediato el depósito de los fondos, derivándolos a una cuenta especial hasta que el municipio respectivo restituya e invierta las sumas correspondientes en el destino determinado por…”

Claramente el instrumento legal prevé la sustentabilidad, por tratarse de fondos provenientes de recursos no renovables que las nuevas generaciones no contarán, por lo que en su espíritu, insinúa que deben quedar en custodia, y no ser dilapidados en cuestiones superfluas, o en su defecto, gastados en cosas que perduren en el tiempo y sirvan de soporte para el verdadero crecimiento productivo.

La Ley menciona al Tribunal de Cuentas, como órgano de contralor para evitar el despilfarro y el abuso, y sin embargo, la comunidad en su inmensa mayoría desconoce si este organismo viene alguna vez a auditar los gastos de las regalías mineras, por lo que se puede deducir, si existe la lógica en esta provincia, que el jefe comunal de Andalgalá estaría violando o incumpliendo la Ley 5128, lo que lo haría pasible a futuras causas de resolución judicial.

Pero por el momento, en el festival del "viva la pepa”, todo sigue igual y nadie dice nada, menos aún el Tribunal de Cuentas, que también está altamente sospechado de varias cuestiones reñidas con la ética y el correcto desempeño de los deberes de funcionario público.

 

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